Subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla y León para la realización de actividades deportivas,gastos de funcionamiento e inversiones.

Código de ayuda:

S53355/06

Norma:

ORDEN CYT/2079/2006, de 22 de diciembre. ORDEN CYT/250/2008, de 22 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones a Federaciones deportivas de Castilla y León para la realización de actividades
deportivas, gastos de funcionamiento e inversiones.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

    Detalle beneficiarios:

    1.– Podrán obtener las subvenciones objeto de la presente convocatoria, las Federaciones Deportivas de Castilla y León que, en la fecha de publicación de la convocatoria se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Castilla y León. Este extremo será comprobado de oficio por la Dirección General de Deportes, solicitando certificación al referido Registro de la inscripción de la Federación.

    2.– No podrán ser beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en al artículo 13, apartados segundo y tercero de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    ¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

    Serán objeto de subvención las siguientes:

    a) Actividades Deportivas:

    – Organización de los Campeonatos Regionales de Edad siempre que el programa haya sido aprobado previamente por el organismo competente.

    – Programación, coordinación y ejecución de actividades federativas en su ámbito de competencia.

    – Asistencia de selecciones autonómicas a los Campeonatos de España, siempre que esta actividad o programa no esté subvencionada totalmente por la correspondiente Federación Deportiva Española o por el Consejo Superior de Deportes.

    b) Gastos de funcionamiento: Las Federaciones Deportivas de Castilla y León podrán destinar un máximo del 30% de la subvención total concedida para abonar gastos corrientes de la Federación (material
    no inventariable, luz, energía, teléfono, mantenimiento de sedes, gastos de personal no técnico)

    c) Inversiones: Por este concepto se subvencionarán obras de reparación, mejora y conservación de las sedes e instalaciones deportivas propiedad de la Federación o arrendadas por ella y material deportivo
    inventariable. En el caso de la realización de obras, el beneficiario podrá subcontratar hasta el 100% de la misma, en los términos establecidos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
    General de Subvenciones.

    Documentos asociados

    Boletín: 28/12/2006
    BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 0
    Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
    Boletín: 15/02/2008
    BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 32
    Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos. Descargar Documento