Subvenciones a Entidades y Asociaciones Vecinales de Comillas.
Código de ayuda:
S03991/05Norma:
Convocatoria de 27 de enero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/03/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
El Ayuntamiento de Comillas convoca la concesión de subvenciones para el año en curso a Entidades y Asociaciones de Vecinos, sin ánimo de lucro, con sede en el Ayuntamiento de Comillas y que realicen programas o proyectos con finalidad lúdica, recreativa, cultural, convivencia y encaminadas a la participación ciudadana.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Comillas (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El Ayuntamiento de Comillas subvencionará con un importe que no podrá superar el 65% de la cantidad presupuestada en el programa de actividades para el que se solicita ayuda económica.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las Entidades y Asociaciones de Vecinos, sin ánimo de lucro, con sede en el Ayuntamiento de Comillas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se subvencionarán las actividades que promuevan la participación cívica de los vecinos.Será valorada la proyección social de las actividades llevadas a cabo por la entidad, en caso de proyectos destinados a los diferentes pueblos del término municipal.
Asimismo se valorará la participación y difusión en su entorno.
Se valorará la calidad del proyecto presentado y su interés social, recreativo, lúdico, cultural y convivencia.
No será objeto de subvención los siguientes puntos:
a.- Los proyectos anuales que no se desglosen en programas concretos.
b.- Los proyectos que incidan en los campos de acción social o política.
c.- Los gastos de publicidad en prensa, radio y televisión.
d.- No serán subvencionados los gastos originados por las actividades realizadas en la condición de miembros de las Juntas Directivas de las Asociaciones o Entidades de Vecinos.
e.- Realización de fiestas que ya sean objeto de subvención y lleven a cabo otras entidades.
Requisitos:
1.- Estar legalmente constituidos.2.-Estar legalmente inscritos en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Comillas.
3.- Carecer de fines de lucro.
4.- Haber justificado las subvenciones recibidas con anterioridad, si ese fuera el caso, por el Ayuntamiento de Comillas.
Documentos asociados
Boletín:
10/02/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 28
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 28
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento