Subvenciones a Entidades e Instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de Acción Social.

Código de ayuda:

S11619/06

Norma:

Convocatoria de 20 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a favor de entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de acción social.

Se podrán financiar las siguientes actividades enmarcadas en cada uno de los programas generales: Programas de Atención a Infancia y Familia, Programa de Servicios Sociales y Programa de Atención a Personas sin Hogar, correspondientes a las Direcciones Generales de Infancia y Familia y Servicios Sociales.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Entidades e Instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.

Requisitos:

1. Tener carácter social y carecer de ánimo de lucro.
2. Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial del municipio de Madrid.
3. Estar inscrita en el registro correspondiente.
4. Llevar trabajando en el municipio de Madrid un mínimo de tres años.
5. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad Social.
6. Haber justificado, en su caso, suficientemente las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Empleo y Servicios a la Ciudadanía.
7. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
8. Contar con medios materiales y personales necesarios para ejecutar el proyecto cuya subvención se solicita sin que, en ningún caso, se condicione la ejecución del mismo a la obtención de la subvención.
9. No estar incursas en el resto de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en los apartados 2 y 3 del Art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2006
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5700
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/04/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 99
Documento: Convocatoria 2006 en BOCM Descargar Documento