Subvenciones a Entidades Locales para obras de creación y rehabilitación de infraestructuras económicas (minipolígonos) en la Zona de la Sierra Norte de Madrid.
Código de ayuda:
S00582/05Norma:
Orden 3235/2004, de 20 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/02/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar a las Administraciones Locales de la Sierra Norte en la creación y/o rehabilitación de infraestructuras económicas ubicadas en suelo de titularidad municipal, para la futura implantación de PYMES en los municipios, como Minipolígonos Industriales o de Servicios.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Inversiones Materiales y Equipos
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los 42 municipios de la Sierra Norte de Madrid recogidos en el Anexo de esta convocatoria, así como las Mancomunidades legalmente constituidas exclusivamente por municipios de la Sierra Norte.Estos requisitos deberán mantenerse, al menos, durante el ejercicio presupuestario 2005.
En el caso de que las Entidades Locales solicitantes fueran a desarrollar las operaciones subvencionadas a través de empresas
públicas, privadas, mixtas o de empresas mercantiles, deberán comunicarlo al Patronato Madrileño de Áreas de Montaña con el fin de no certificar el importe del IVA en el marco del DOCUP.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considerarán gastos subvencionables o susceptibles de ayuda, los realizados por los siguientes conceptos:a) Ejecución de obras incluyendo el acondicionamiento y la urbanización de terrenos.
b) Honorarios técnicos de redacción del proyecto técnico, estudio de Seguridad y Salud y estudios preparatorios.
c) Honorarios técnicos de dirección de obra.
No se considerarán gastos subvencionables o susceptibles de ayuda, los realizados por los siguientes conceptos:
d) Gastos de adquisición de los terrenos.
e) Gastos de elaboración y aprobación de las distintas fases del planeamiento urbanístico municipal.
f) El beneficio industrial cuando la ejecución del proyecto se realice por el sistema de Administración directa.
g) Gastos de material fungible así como aquellos considerados suntuarios.
h) Gastos corrientes de funcionamiento, remodelación o rehabilitación de infraestructuras existentes.
i) En el caso de la construcción de nuevos minipolígonos, los gastos en concepto de IVA o cualquier otra tasa o impuesto que pueda ser repercutido posteriormente.
j) Equipos informáticos, muebles de oficina y cualquier otro tipo de mobiliario o equipamiento.
k) Gastos financieros.
Documentos asociados
Boletín:
13/01/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 10
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 10
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
26/01/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 21
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 21
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín:
30/09/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 233
Documento: Modificación Descargar Documento
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