Subvenciones a Entidades Locales para la linea 1.ª "Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres".- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S21564/10

Norma:

Resolucion de 11 de febrero de 2009. Resolucion de 24 de marzo de 2010. ResoluCión de 5 de abril de 2011. ResoluCión de 12 de septiembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria pública de subvenciones a las entidades Locales del Principado de asturias para la línea 1.ª “igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres”, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2012.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de la Presidencia (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía concreta de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible consignado al efecto y de las solicitudes presentadas, siendo la máxima por entidad beneficiaria de 14.424,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos asturianos, salvo aquellos concejos que dispongan de Casa de encuentro de las mujeres cuyo programa de actividades esté subvencionado a través de convenio específico con el Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas o actividades organizadas por los ayuntamientos encaminadas a promover la igualdad entre mujeres y hombres y erradicar la violencia de género, y concretamente:

a) Los programas o actividades cuyo fin sea la difusión y el conocimiento público de los programas y servicios que existen en el término municipal o en la comarca, dirigidos a proporcionar apoyo de distinta índole a las mujeres.

b) Los proyectos dirigidos a favorecer la progresiva implantación de un uso no sexista del lenguaje administrativo en la corporación local o la formación del personal de la corporación local en relación con la aplicación práctica del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

c) Los proyectos dirigidos a proporcionar formación a las mujeres integrantes de las organizaciones de mujeres implantadas en el ámbito local, a coordinar sus esfuerzos o a proporcionarles apoyo en el cumplimiento de sus fines.

d) Las actividades, foros o seminarios en los que se aborden actuaciones dirigidas a favorecer la efectiva igualdad de mujeres y hombres en las materias que son de competencia municipal, o aquellas dirigidas a favorecer la coeducación tanto en el ámbito educativo, en colaboración con los centros educativos del municipio o de las amPas, como en el ámbito de la familia o en la sociedad.

Requisitos:

Los beneficiarios no podrán estar incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones para obtener dicha condición y habrán de cumplir con las obligaciones previstas en el artículo 14 de la meritada norma, en las bases y en la presente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 26/02/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 47
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/04/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 78
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/04/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 85
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 19/09/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 218
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento