Subvenciones a Entidades Locales de Navarra para el fomento y promocion de sus acciones deportivas para el año 2009.

Código de ayuda:

S26119/09

Norma:

ORDEN FORAL 84/2009, de 3 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión en concurrencia competitiva, de subvenciones a Entidades locales para el año 2009.

Las subvenciones a conceder son las siguientes:

Subvención a la implantación de nuevos sistemas deportivos, dirigida hacia las entidades locales sin organización deportiva previa, y a otros programas deportivos sin posibilidad de constituirse como sistemas deportivos estables a criterio de la Subdirección de Deporte. Se establece una ayuda económica específica y adecuada, con el objetivo de facilitar a la entidad local la búsqueda de su sistema deportivo
específico y garantizar el servicio deportivo a sus ciudadanos.

Subvenciones dirigidas a la mejora funcional, desarrollo, potenciación e innovación de los sistemas deportivos locales existentes, siempre que estén reconocidos como tales por el Instituto Navarro del Deporte.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Calidad
  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Instituto Navarro del Deporte (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones objeto de esta convocatoria los Ayuntamientos y Mancomunidades deportivas constituidas al amparo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de la Administración Local de Navarra con sistema deportivo reconocido por el Instituto Navarro del Deporte.

Podrán concederse subvenciones de forma individual a los Ayuntamientos con sistema deportivo reconocido por el Instituto Navarro del Deporte integrados en Mancomunidades, aún cuando éstas sean titulares de subvención.

Se contemplará, de forma transitoria, la solicitud de las Entidades o Agrupaciones en trámite de constitución de Mancomunidad deportiva, pudiendo beneficiarse solamente de las ayudas destinadas a actividades ordinarias.

Quedan excluidos de la presente convocatoria aquellos programas de actividades deportivas y espectáculos deportivos que sean objeto o se incluyan en otras convocatorias más específicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones a conceder son las siguientes:

2.1 Subvención a la implantación de nuevos sistemas deportivos, dirigida hacia las entidades locales sin organización deportiva previa, y a otros programas deportivos sin posibilidad de constituirse como sistemas deportivos estables a criterio de la Subdirección de Deporte. Se establece una ayuda económica específica y adecuada, con el objetivo de facilitar a la entidad local la búsqueda de su sistema deportivo específico y garantizar el servicio deportivo a sus ciudadanos.

2.2 Subvenciones dirigidas a la mejora funcional, desarrollo, potenciación e innovación de los sistemas deportivos locales existentes, siempre que estén reconocidos como tales por el Instituto Navarro del Deporte y podrán destinarse a los siguientes fines:

2.2.1 Apoyo a la contratación de técnicos deportivos:

Podrán acogerse a la ayuda de este apartado los Ayuntamientos y las Mancomunidades deportivas que contraten a un técnico deportivo durante el año o lo hubieran contratado en los dos últimos años.

a) Puesto de trabajo de nueva creación.

Se entiende por puesto de trabajo de nueva creación aquél que se contempla por primera vez en la plantilla orgánica de la entidad.

b) Mejora del puesto de trabajo.

Se entiende por mejora del puesto de trabajo la modificación de la jornada laboral o el nivel del puesto de trabajo existiendo incremento presupuestario. No se aplica sobre complementos.

Estas ayudas de los apartados a) y b) se podrán disfrutar siempre que la configuración del puesto de trabajo cumpla con los siguientes requisitos:

-Figure en plantilla orgánica.

-Se trate de puestos de Nivel A o B, con titulación de licenciado o diplomado en relación con las Ciencias de la Actividad Física, Deportes y Educación Física (para los puestos de nueva creación).

-Se configure a jornada completa (para los puestos de nueva creación)

-Se podrá contemplar ayudas aunque el contrato no tenga carácter fijo, puesto que la ayuda va dirigida al puesto de trabajo y no a la persona, por lo que, una vez subvencionado ese puesto, no podrá volver a subvencionarse de nuevo por los mismos conceptos.
También se podrán beneficiar de esta ayuda cuando el tiempo de gestión del técnico local contratado se comparta con otras áreas y su dedicación al área deportiva sea igual o superior al 50 por 100 de su tiempo de gestión. En este caso la ayuda será proporcional a su dedicación al área deportiva.

Se subvencionará la contratación de un segundo técnico deportivo por parte de las entidades locales. La ayuda está unida al puesto de trabajo (creación o mejora) y no al trabajador.
La ayuda se calculará con base a los porcentajes establecidos en el Anexo II sobre cada año de contratación contado a partir de la fecha de toma de posesión.

2.2.2 Actividad física para la tercera edad:

Con objeto de potenciar la práctica deportiva de la tercera edad, se atenderán de entre las solicitudes presentadas aquellas propuestas promovidas por las entidades locales que desarrollen actividades físicas dirigidas exclusivamente a personas mayores de 65 años y que cumplan con las condiciones exigidas en la base 3.2 del Anexo II de esta Orden Foral.

2.2.3 Actividad física de la mujer:

Con objeto de potenciar la práctica deportiva de la mujer, se atenderán de entre las solicitudes presentadas aquellas propuestas promovidas por la entidad local y que desarrollen programas deportivos específicos y coherentes con los objetivos que propongan y que presten atención a este sector de la población.

2.2.4 Programas de integración:

Se apoyarán aquellas acciones que vayan encaminadas a la realización de programas deportivos cuyo objetivo concreto sea facilitar y favorecer la convivencia, en la práctica deportiva ordinaria de la entidad local, de aquellas personas y colectivos que de un modo u otro no estaban incorporados a la misma por diversas causas, encontrándose entre otras la discapacidad motora o sensorial, limitaciones en la actividad a nivel personal, y escasas posibilidades a nivel social.

2.2.5 Ayudas a la seguridad en la práctica deportiva:

Se apoyarán aquellas acciones que procuren la prevención y control del riesgo en la práctica deportiva, sobre todo en la formación de personal, para actuar en casos de emergencia.

Se establece una ayuda económica específica y adecuada, con el objetivo de facilitar a la entidad local la seguridad de sus ciudadanos en la práctica deportiva y garantizar una actuación inmediata en caso de emergencia.

La importancia de la desfibrilación para el éxito en la recuperación de la parada cardiaca ha movido a las autoridades sanitarias y a las sociedades científicas a promover el uso de los desfibriladores por las primeras personas que actúan en las situaciones de emergencias. El perfeccionamiento de los desfibriladores semiautomáticos ha simplificado su utilización en el reconocimiento de los trastornos del ritmo cardíaco y su tratamiento eléctrico eliminando los complicados entrenamientos para su uso.
Al existir en la actividad deportiva un potencial riesgo de parada cardiaca, el objeto de esta ayuda es potenciar, entre otras, la participación en la formación de personal para la utilización de desfibriladores semiautomáticos, en especial el que está en contacto con la práctica deportiva, así como a la compra de desfibriladores cuyas condiciones sean las reflejadas en el apartado C del punto 3.5 del Anexo II de la Orden Foral.

2.2.6 Programa de actividades ordinarias:

En este apartado se facilitará ayuda a las Mancomunidades deportivas con técnico deportivo, para el conjunto de actividades deportivas que se desarrollan de manera estable y continua en la programación de la Mancomunidad deportiva y dirigidas a la totalidad de la población.

2.2.7 Apoyo a programas específicos de promoción:

Se apoyarán aquellas acciones encaminadas a la identificación del municipio con una modalidad deportiva de escasa implantación en Navarra. Debe darse la participación e interés en la propuesta de la entidad local solicitante, club deportivo de la localidad, federación Navarra e Instituto Navarro del Deporte. Por razones de lo singular de la modalidad deportiva o de la instalación deportiva implicada podrá obviarse la participación del club deportivo. De entre las solicitudes presentadas se decidirá sobre cuáles se realizará un estudio de viabilidad, que será elaborado por un grupo de trabajo formado por representantes de las entidades.
La ayuda del Instituto Navarro del Deporte se resolverá a partir del citado estudio.

El importe máximo a recibir en este apartado podrá ser en cantidad similar a la que el Ayuntamiento aporte al programa, pudiendo ser cuantificado el alquiler de instalaciones.

2.2.8 Apoyo por convenios con federaciones deportivas:

Se subvencionará la implantación de nuevas modalidades deportivas en el ámbito de la entidad local, siempre que ésta se desarrolle en colaboración con la respectiva federación deportiva, con una duración de tres años y con el objetivo de crear un club para esa modalidad deportiva.

2.2.9 Espectáculos deportivos:

De entre las solicitudes presentadas, se decidirá la adjudicación de ayuda atendiendo al nivel deportivo, y a la incidencia económica del evento o al interés que éste pueda tener para el Instituto Navarro del Deporte. Pueden solicitar ayuda en este apartado todas las entidades locales de Navarra.

Con carácter especial se atenderán aquellas solicitudes que sean de interés para el Instituto Navarro del Deporte por su trascendencia para la Comunidad Foral, contenido, oportunidad de su realización o repercusión en los medios de comunicación. La ayuda en éste caso se podrá establecer de manera específica a través de convenio.

Documentos asociados

Boletín: 01/04/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 39
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento