Subvenciones a Entidades Locales de Navarra para el fomento y promoción de sus acciones deportivas.
Código de ayuda:
S20100/04Norma:
Orden Foral 85/2004, de 29 de junio de 2004.Plazo de Solicitud:
Durante el 2004, desde el 31 de julio al 30 de agosto. Para otros años, antes del 20 de febrero.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El fomento de la actividad deportiva en las Entidades Locales, incidiendo en aquellas Entidades Locales de tamaño medio y pequeño que necesitan afianzar, en unos casos, o crear, en otros, su organización deportiva básica para que puedan ofrecerles a sus ciudadanos los servicios deportivos que corresponden, y en todas ellas mejorar sus niveles de prestación.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Diversas cantidades según la acción.Consultar Anexo II.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Ayuntamientos y las Mancomunidades constituidas al amparo de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Ayudas a la implantación de nuevos sistemas deportivos, dirigidos hacia las Entidades Locales pequeñas y sin sistema deportivo previo.La ayuda se concreta en el establecimiento de un período experimental, de dos años de duración, con una ayuda económica específica y adecuada, con el objetivo de facilitar a la Entidad Local la búsqueda de su sistema deportivo específico y garantizar el servicio deportivo a sus ciudadanos.
2. Ayudas dirigidas a la mejora funcional, desarrollo, potenciación e innovación de los sistemas deportivos locales existentes, siempre que estén reconocidos como tales por el Instituto Navarro de Deporte y Juventud:
2.1. Apoyo a la contratación de técnicos deportivos.
a) Puesto de trabajo de nueva creación.
Se entiende por puesto de trabajo de nueva creación aquél que se contempla por primera vez en la plantilla orgánica de la Entidad.
b) Mejora del puesto de trabajo.
Se entiende por mejora del puesto de trabajo la modificación de la jornada laboral o el nivel del puesto de trabajo existiendo incremento presupuestario. No se aplica sobre complementos.
2.2. Apoyo a la realización de estudios técnicos.
2.3. Apoyo por convenios con Federaciones Deportivas.
2.4. Apoyo a la implantación de sistemas de calidad.
2.5. Apoyo a programas específicos de promoción.
2.6. Programa de actividades ordinarias.
2.7. Espectáculos deportivos.
2.8. Actividad física para la tercera edad.
2.9. Actividad física de la mujer.
2.10. Programas de integración.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
30/07/2004
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 91
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 91
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