Subvenciones a Entidades Locales, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para la contratacion de trabajadores en el ambito de los Nuevos Yacimientos de Empleo, para el año 2008.
Código de ayuda:
S11046/08Norma:
RESOLUCION de 11 de febrero de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/03/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvencionar a Entidades Locales dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, el coste de las siguientes acciones:1.– La contratación temporal de trabajadores desempleados para realizar estudios, poner en marcha nuevos proyectos o iniciar proyectos que tengan su origen en estudios subvencionados en ejercicios anteriores cuyo desarrollo sea valorado positivamente, en el ámbito de los Nuevos Yacimientos de Empleo, conforme a la relación de áreas de actividad recogida en el apartado décimo de la presente Resolución.
2.– El mantenimiento de los puestos de trabajo que, para las obras o servicios en dicho ámbito, fueron subvencionados con arreglo a este mismo programa en ejercicios anteriores, siempre y cuando
se valore positivamente la actividad desarrollada.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán acceder a estas subvenciones las Entidades Locales dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León que lo soliciten, cumplan los requisitos establecidos y realicen las actividades previstasen esta convocatoria.
No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas Entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones que les sean aplicables de las establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos deberán cumplimentar la declaración responsable conforme al reverso del Anexo I de la presente Resolución.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La cuantía de la subvención podrá alcanzar, de acuerdo con los Convenios Colectivos sectoriales de referencia vigentes en la fecha de publicación de esta Resolución, y conforme a la escala contemplada en elpunto 2 siguiente, el 100% de los costes de contratación de los trabajadores, referidos a los siguientes conceptos:
a) Salario base de Convenio.
b) Pluses que, con carácter general, se prevean en los Convenios Colectivos.
c) Parte proporcional de pagas extraordinarias que correspondan en función del período de tiempo trabajado.
d) Importe de la aportación empresarial de la Entidad a la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
13/10/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 198
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
19/02/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 34
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
10/03/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 48
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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