Subvenciones a Entidades Culturales ejercicio 2010.

Código de ayuda:

S57819/10

Norma:

Marratxí, a 5 de octubre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar, mediante otorgamiento de subvenciones, la realización de actividades por parte de las entidades culturales ubicadas en el término municipal de Marratxí, que siendo de la competencia municipal, redunden en beneficio de los ciudadanos de Marratxí.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Marratxi (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Un importe máximo de 2.000,00 € por entidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro domiciliadas en el municipio, es decir: las entidades o grupos culturales. Para la realización de actividades culturales, educativas puntuales, etc.

b) Personas físicas, en representación particular o de un grupo, para iniciativa de carácter esporádico, sin finalidad de lucro y con residencia en el nuestro municipio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables las actividades programadas que se realicen a lo largo del año de su petición dentro del ámbito territorial del municipio y que hagan referencia al área de cultura.

Requisitos:

- Las entidades recogidas en los apartados a) de la base segunda deberán de estar inscritas en el registro municipal de entidades ciudadanas.

- Las persones físicas recogidas en el apartado b) de la base segunda deberán de estar empadronadas en el municipio de Marratxí.

- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Hacienda Municipal.

- Tener previsión de realizar actividades a lo largo del año 2010 y dentro del ámbito territorial del municipio.

- Haber justificado y acreditado las actividades objeto de subvención en años anteriores.

Documentos asociados

Boletín: 21/10/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 152
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento