Subvenciones a Corporaciones Locales para la realizacion de obras e inversiones para el embellecimiento de los nucleos historicos de la Sierra Norte, las cuales podran ser cofinanciadas por el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (FEADER), y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2009.

Código de ayuda:

S49573/09

Norma:

ORDEN de 9 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/02/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Con objeto de favorecer el embellecimiento de los núcleos históricos de la Sierra Norte incrementando su atractivo, se establecen ayudas para la recuperación y renovación del paisaje de los pueblos, así como para la potenciación de los cursos de agua en tramos que atraviesen las poblaciones, o estén muy próximas, y de otras áreas existentes con fines recreativos.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Corporaciones Locales de la Sierra Norte que presenten proyectos para el embellecimiento de sus núcleos de población rural. Cada Ayuntamiento podrá presentar tantos proyectos como núcleos históricos haya en el municipio, correspondiendo un proyecto a cada núcleo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La recuperación y mejora de espacios libres y dotacionales.

b) La recuperación y mejora de fachadas y cerramientos que configuren el núcleo de población.

c) La recuperación y rehabilitación de:

1.o Bienes declarados de interés cultural o aquellos para los que se haya incoado el correspondiente expediente para declararlos de interés cultural.

2.o Bienes relacionados en la disposición adicional segunda de la Ley 10/1998, de 9 de julio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y los bienes inventariados de conformidad con lo dispuesto en la misma.

3.o Bienes catalogados de conformidad con el ordenamiento urbanístico.

4.o Bienes incluidos en el Catálogo Regional de Patrimonio Arquitectónico o que sean susceptibles de ser incluidos en el mismo, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2000, de 19 de junio, de rehabilitación de espacios urbanos degradados y de inmuebles que deban ser objeto de preservación.

5.o Bienes que convenga rehabilitar por razones de interés social.

6.o En general, los bienes que deban ser objeto de preservación, de conformidad con el ordenamiento urbanístico.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 153
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/01/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 24
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento