Subvenciones a Corporaciones Locales para actuaciones de mejora de la Red Viaria de titularidad municipal - Modificación y Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S16519/08

Norma:

Orden de 20 de febrero de 2008. Orden de 8 de abril de 2005. Orden de 12 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiación de las obras de mejora, acondicionamiento, conservación, señalización horizontal y vertical o balizamiento de la red viaria no urbana de competencia municipal.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Transporte
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas que se concedan no sobrepasará el 75% del presupuesto de contratación de la obra, la cual finalmente estará afectada por las posibles minoraciones que se produzcan en el coste efectivo de las actuaciones.

El límite máximo de las ayudas que se concedan a cada Ayuntamiento no podrá superar los 60.000 euros, salvo en el supuesto de que se firme un convenio.

Las ayudas se concederán exclusivamente para la ejecución de las obras, no siendo financiables con cargo a la subvención otros gastos asociados a las mismas como la redacción del proyecto, adquisición de terrenos, gastos financieros, de asesoramiento y de administración (publicación de anuncios, ...).

El importe de las ayudas se concederá con cargo a los créditos consignados en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2009, aprobados por Ley 8/2008, de 26 de diciembre, según el siguiente detalle:

- 14.0300.513C.76761 «Transferencias de capital a Corporaciones Locales para actuaciones de conservación y mejora de la red viaria»: 360.000 euros.

- 14.0300.513D.76761 «Transferencias de capital a Corporaciones Locales para actuaciones de conservación y mejora de la red viaria»: 500.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Serán las Corporaciones Locales que podrán solicitar estas ayudas, siempre que para la obra objeto de la subvención no dispongan de ninguna otra, procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o internacionales y para un máximo de una actuación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se concederán exclusivamente para la ejecución de las obras, no siendo financiables con cargo a la subvención otros gastos asociados a las mismas como la redacción del proyecto, adquisición de terrenos, gastos financieros, de asesoramiento y de administración (publicación de anuncios...).

Documentos asociados

Boletín: 16/04/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 86
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/03/2008
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Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/04/2008
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Boletín: 21/03/2009
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Documento: Modificación y Convocatoria 2009 Descargar Documento