Subvenciones a Centros Escolares No Universitarios ubicados en la Comunidad Autonoma del Pais Vasco, para el desarrollo del programa de Agenda 21 Escolar.

Código de ayuda:

S25064/08

Norma:

ORDEN de 18 de marzo de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden regular la concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia
competitiva, con cargo al presupuesto destinado al efecto por el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a centros escolares no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del
País Vasco para el diseño y realización del programa de Agenda 21 Escolar durante el curso escolar 2008-2009.

A este fin se destinará un total máximo de un millón cincuenta mil euros (1.050.000), sin perjuicio
de lo dispuesto en la Disposición Adicional única de la presente orden.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de cada subvención, no podrá superar la cantidad de cinco mil euros (5.000).
En ningún caso podrá tampoco superarse la cantidad solicitada por la entidad.

Con los topes máximos establecidos, la cuantía de la subvención se calculará en base a los siguientes
criterios:

a) Cada centro recibirá para el desarrollo del proyecto de Agenda 21 Escolar una cantidad mínima de quinientos euros (500).
b) Además, cada centro recibirá, en función del número de alumnos y alumnas implicados/as en el proyecto
hasta un máximo de ocho euros (8) por alumno/a.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán participar en la convocatoria todos los centros escolares públicos y privados concertados de niveles
no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, siempre que se ubiquen en municipios en los que está implantado o se encuentra en trámite la implantación del Programa Agenda 21 Escolar.

La entidad beneficiaria deberá estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de
Seguridad Social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A efectos de la presente convocatoria, todas las actividades que se realizan en los centros se integraran
en un único proyecto que englobe las actividades realizadas en el aula, las estancias en centros de educación ambiental extraescolar de la CAPV y los itinerarios o visitas para conocer el patrimonio ambiental de la CAPV.

Las actividades objeto de subvención deberán ser realizadas en el curso escolar 2008-2009.

Con la presentación de la solicitud, los centros docentes deberán firmar un compromiso de participación
en el programa Agenda 21 Escolar, en el que además establezcan la designación de las personas del equipo
coordinador del programa y especifiquen la previsión de las actividades para las que se solicita subvención.
(Anexo A1).

El Órgano Máximo de Representación y el claustro del centro escolar deberán ser informados sobre el
proyecto y mostrar su conformidad con el mismo, con carácter previo a la solicitud. (Anexo A6).

Los centros de educación ambiental extraescolar donde se realizarán las estancias y los itinerarios o visitas
dirigidos a conocer el patrimonio ambiental, deben estar ubicados en la Comunidad Autónoma del País
Vasco.

Para el desarrollo de sus proyectos, los centros contarán con la colaboración, formación, asesoría y apoyo
técnico del Ingurugela. A los efectos de la presente convocatoria, cada proyecto contará con la designación
de al menos un/a asesor/a de referencia del Ingurugela correspondiente.

El presupuesto solicitado deberá ser adecuado a las actividades propuestas. Igualmente se deberá acreditar
que se cuenta con ingresos suficientes para hacer frente al total de los gastos presentados. (Anexo A4).

El centro, en el ámbito de su autonomía organizativa, deberá garantizar la adaptación de los horarios
de las personas del equipo coordinador del proyecto para compatibilizarlos con su función en el mismo,
tanto en lo relativo a las horas lectivas como a la disIngutribución de las mismas, y de acuerdo con las disponibilidades horarias del Centro. En el caso de Centros Públicos siempre se cumplirá la normativa expresada en las circulares de comienzo de curso que el Departamento de Educación, Universidades e Investigación emite para las diferentes etapas y modalidades de enseñanza.

Documentos asociados

Boletín: 09/04/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 67
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento