Subvenciones a Ayuntamientos del Principado de Asturias para apoyo a Servicios Sanitarios de Atención Primaria.

Código de ayuda:

S14573/05

Norma:

Resolución de 10 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a los Ayuntamientos incluidos en Zonas Especiales que presten apoyo a servicios sanitarios de atención primaria.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Salud y Servicios Sanitarios (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones podrá alcanzar la totalidad del coste de la actividad que el personal realice en los Servicios de Salud.
En ningún caso podrá destinarse la subvención a sufragar gastos que no sean los derivados del personal contratado para el programa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos incluidos en Zonas Especiales de Salud, según se delimitan éstas en el mapa sanitario del Principado de Asturias, modificado por el Decreto 87/2001, de 2 de agosto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los Ayuntamientos deberán presentar un programa conjunto de acción con los servicios de salud del área para su zona de influencia, en el que se contemplará la contratación de auxiliares administrativos por los Ayuntamientos, a través de alguna de las modalidades de contratación permitidas por la legislación vigente.
La contratación deberá realizarse de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, y en el proceso de selección deberá participar el Servicio de Salud del Principado de Asturias.

El personal contratado deberá realizar una actividad reconocible en los Servicios de Salud de, al menos, media jornada semanal (20 horas).

Serán funciones y prestaciones de apoyo a desarrollar por dicho personal, las siguientes:
A) Atender globalmente a las demandas de servicio de personas, familiares o grupos de Zonas Especiales de Salud.
B) Cooperar con los profesionales sanitarios en aquellas actividades que les son propias.
C) Informar y orientar a los ciudadanos sobre los recursos y prestaciones que ofrece el sistema sanitario.
D) Colaborar con las instituciones que participan en tareas comunitarias y favorezcan la integración social y el alcance de mayores cotas de solidaridad.

Documentos asociados

Boletín: 07/04/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 79
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexo Descargar Documento