Subvenciones a Ayuntamientos de la Región de Murcia para la realización de actividades de promoción deportiva, y correcciones.

Código de ayuda:

S04873/06

Norma:

Orden de 14 de febrero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones destinadas a los Ayuntamientos de la Región de Murcia a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para colaborar con éstos en los gastos ocasionados con motivo de la realización de actividades de promoción deportiva programadas para el año 2006, a fin de promover la extensión, difusión y práctica de la actividad física y el deporte en su ámbito territorial.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Presidencia (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades de promoción deportiva que podrán ser subvencionadas se distribuyen en tres grupos:
Grupo A:
La participación en la organización y desarrollo de actividades de deporte escolar.
Grupo B:
La creación y puesta en marcha de escuelas deportivas municipales.
Grupo C:
La organización de actividades de promoción deportiva o eventos deportivos.

Requisitos:

a) Haber obtenido la consideración de colaboradores en la organización y desarrollo del programa Deporte
Escolar para el curso 2005-2006, si optan a recibir subvención por actividades de promoción deportiva correspondientes al Grupo A, circunstancia que será comprobada de oficio por la Dirección General de Deportes.

b) Tener programado organizar en su término municipal durante el año 2006 al menos alguna de las actividades de promoción deportiva recogidas en el artículo 1.2 de esta Orden, requisito que se acreditará mediante la presentación del certificado a que se refiere el artículo 5.1 a) de la presente Orden.

c) No estar incurso en las circunstancias del art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de este requisito se realizará mediante la presentación de la declaración responsable a que se refiere el artículo 5.1 e) de la presente Orden.

d) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 25/02/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 47
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/03/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 56
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento