Subvenciones a Ayuntamientos cuyos municipios forman parte del Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe. Convocatoria para el ejercicio 2025-2026.
Código de ayuda:
S43973/15Norma:
DECRETO 284/2015, de 16 de octubre. RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de noviembre de 2015.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 200.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos por la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, para la realización de actividades y proyectos en el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe, de conformidad a lo dispuesto en el Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia socioeconó- mica de los Parques Nacionales, y efectuar la convocatoria pública para el ejercicio 2015-2016.2. A los efectos del presente decreto se considera como área de influencia socioeconómica, según el artículo 5 de la Ley 1/2007, de 2 de marzo, de declaración del Parque Nacional de Monfragüe, el espacio formado por los términos municipales donde se encuentra ubicado el Parque Nacional y su Zona Periférica de Protección.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Desarrollo Rural
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
ExtremaduraConvoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
A cada ayuntamiento le corresponderá una cuantía individualizada en función de su peso, tanto de superficie como de población, sobre el total del Área de Influencia Socioeconómica, conforme al cálculo descrito en el artículo 14 de las bases reguladoras. La cuantía máxima a conceder para un mismo proyecto, todas las anualidades incluidas, será de 200.000 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán resultar beneficiarios de estas subvenciones los Ayuntamientos de los municipios situados en el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de los servicios prestados por la Administración Local, cuando guarden una relación directa con las finalidades y objetivos que establecen las normas de declaración del Parque Nacional de Monfragüe o sus instrumentos de planificación.b) Iniciativas públicas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto valor ecológico.
c) Iniciativas públicas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional de Monfragüe, incluido el impacto visual sobre la percepción estética del Parque Nacional ocasionado por infraestructuras preexistentes.
d) Iniciativas públicas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos del Parque Nacional de Monfragüe.
e) Iniciativas públicas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, así como aquellas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor histórico-artístico o cultural a escala local.
También podrán ser subvencionables, las actividades no consistentes en inversiones, referidas a:
f) Iniciativas públicas orientadas a la divulgación de los valores e importancia del Parque Nacional de Monfragüe entre amplios sectores de la sociedad local.
g) Iniciativas públicas destinadas a la formación de la población local en tareas relacionadas con la gestión del Parque Nacional de Monfragüe en cualquiera de sus facetas, con la conservación de los valores naturales y culturales que justificaron su declaración o con el uso sostenible de los recursos naturales renovables.
Requisitos:
1. No hallarse incurso en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario a tenor de lo previsto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica de Extremadura.
3. No haber renunciado o haber dejado de justificar un importe igual o superior al 50% de la subvención concedida en alguna de las dos anteriores convocatorias de las ayudas reguladas mediante el Decreto 284/2015, de 16 de octubre, salvo que dichas circunstancias hayan sido generadas por causa de fuerza mayor o hayan sido justificadas administrativamente.
4. No haber sido sancionado mediante resolución firme en los últimos 5 años por alguna infracción contra el medio ambiente.
Documentos asociados
Boletín:
22/10/2015
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 204
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
07/11/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 215
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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Boletín:
07/11/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 215
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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