Subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autonomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales que realicen acciones que promuevan el desarrollo sostenible - Modificación.
Código de ayuda:
S48264/09Norma:
ORDEN de 16 de junio de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/07/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la convocatoria de subvenciones a la que podrán acogerse aquellos Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que realicen acciones que promuevan el desarrollosostenible en concordancia con las siguientes líneas:
a) Suelos Contaminados. Acciones que promuevan las labores de investigación y recuperación de la calidad
del suelo de titularidad pública local.
b) Atmósfera y Biodiversidad. Acciones que promuevan la mejora de la calidad del aire ambiente, así
como la reducción directa de emisiones de gases efecto invernadero, en adelante denominadas acciones de
cambio climático y calidad del aire, y/o que promuevan el mantenimiento o la mejora de la diversidad biológica de la CAPV, mediante la protección y la restauración del funcionamiento sostenible de los hábitats y ecosistemas.
c) Agenda 21 Escolar. Acciones que promuevan la coordinación entre la Agenda Local 21 y la Agenda 21
Escolar.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La dotación total presupuestaria para las acciones especificadas en el artículo primero será de: 8.402.000euros (ocho millones cuatrocientos dos mil), sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Adicional de
la presente Orden.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas por la presente Orden, los Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Tendrán la consideración de gastos subvencionables, aquellos derivados de la ejecución de las accionesestablecidas en el artículo primero.
Documentos asociados
Boletín:
24/06/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 119
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento
Boletín:
03/07/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 126
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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