Subvenciones a Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Navarra para el año 2015.

Código de ayuda:

S15991/15

Norma:

ORDEN FORAL 132/2015, de 19 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 7 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones para los proyectos y actividades en materia de consumo que realicen las asociaciones de consumidores y usuarios de Navarra durante el año 2015.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de gasto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de consumidores y usuarios de Navarra que estén legalmente constituidas, se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Navarra, no tengan fines lucrativos, y en quienes no concurra ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La atención directa y gratuita prestada a los consumidores y usuarios en las oficinas propias, en relación con la información sobre sus derechos y la tramitación de sus reclamaciones, denuncias y quejas.

En relación con dicha actividad, se subvencionarán los gastos ocasionados que indubitadamente respondan a la naturaleza de los mismos, entre los que podrán incluirse:

–Gastos de alquiler, gastos de comunidad y tributos de sedes u oficinas propias abiertas al público donde se desarrolle la actividad de la oficina de información.

–Gastos de agua, electricidad y gas correspondientes a las sedes u oficinas propias donde se desarrolla la actividad de la oficina de información.

–Gastos de telefonía e Internet.

–Gastos de material de oficina y fungibles informáticos.

–Costes del personal propio de la asociación dedicado a la actividad subvencionada, tales como salarios y gastos de cotización a la Seguridad Social, debiendo indicarse el porcentaje de jornada dedicado por dicho personal a la actividad de atención directa a los consumidores y usuarios.

No se considerarán en ningún caso como gastos subvencionables:

–Los gastos correspondientes a las retribuciones (salarios, gastos de cotización a la seguridad social, dietas, etc.) del personal de la asociación que desempeñe cargos directivos o de representación.

–Los gastos producidos por inversiones en activos fijos materiales.

El gasto total destinado a subvencionar este tipo de proyectos es de 25.000 euros.

2. Organización de jornadas, cursos, conferencias, seminarios, mesas redondas u otras actividades encaminadas a la información y formación de los consumidores y usuarios. Se valorará el que se dirija a colectivos especialmente vulnerables (dependencia, exclusión social e inmigrantes).

El gasto total destinado a subvencionar este tipo de proyectos es de 10.000 euros.

3. Programas de educación en consumo responsable en centros escolares destinados a escolares de segundo ciclo de primaria.

El gasto total destinado a subvencionar este proyecto es de 5.000 euros.

Documentos asociados

Boletín: 07/04/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento