Subvenciones a Asociaciones Vecinales y otras de interés general, destinadas a actividades recreativas, de formación y fomento de la participación e integración ciudadana, durante el primer semestre del año 2006.
Código de ayuda:
S14882/06Norma:
Resolución de la Alcaldía nº 2006001321.Plazo de Solicitud:
30 días tras publicación de la convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación de la convocatoria de subvenciones, correspondiente al primer semestre del año 2006, a otorgar por la Concejalía de Participación Ciudadana, del Excmo. Ayuntamiento de Torrelavega.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las subvenciones, que podrán solicitarse para una sola actividad o para un conjunto de ellas debidamentedetalladas, no podrán superar el 70% del coste de la actividad subvencionada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las Asociaciones Vecinales, así como cualesquiera otras Asociaciones y entidades, legalmente constituidas, con domicilio social en el municipio de Torrelavega e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Torrelavega, con una antigüedad superior a 6 meses, y carezcan de ánimo de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de subvención los proyectos, actividades y programas de carácter social, de fomento de laparticipación ciudadana, de integración y convivencia vecinal, así como las de carácter lúdico-recreativo, que no puedan ser en este último caso objeto de subvención por la Concejalía de Cultura, y que tengan como fin la promoción de la actividad de fomento de la convivencia, de la integración y de la Participación Ciudadana, y que se consideren acordes con la planificación general Municipal en esta materia.
La actividad subvencionada deberá llevarse a cabo antes del 31 de Diciembre de 2006.
Documentos asociados
Boletín:
18/05/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 95
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 95
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento