Subvenciones a Asociaciones, Cooperativas y Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios, que programen actividades de interes para consumidores y usuarios.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S19464/11

Norma:

En Ceuta, a 29 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones cuyo fin y ámbito de actuación sea la formación, educación y defensa
de consumidores y usuarios.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Ciudad Autonoma de Ceuta (Ceuta)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones, cooperativas y federaciones de asociaciones de consumidores y usuarios de Ceuta constituidas conforme a la Legislación vigente y dotadas de personalidad jurídica que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Funcionamiento de gabinetes técnicos y jurídicos especializados en materia de consumo.

- Funcionamiento de ofi cinas de información, cuyo ámbito subjetivo de actividad comprenda a todos
los potenciales consumidores y usuarios, con independencia de que estos ostenten o no la condición de asociados.

- Actuaciones dirigidas al fomento del consumo responsable y sostenible.

- Actuaciones dirigidas al fomento del Asociacionismo.

- Publicaciones periódicas en materia de consumo, dirigidas a los consumidores y usuarios.

- Programas que contribuyan a mejorar la información, formación y educación del consumidor en
materia de consumo y, en especial, en relación con las nuevas tecnologías y la sociedad de la información, en materia de viviendas, suministro de agua y energía, telefonía, servicios financieros, transporte u otros análogos.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Público de Asoci acionesde Consumidores y Usuarios de la Ciudad o
haberlo solicitado con anterioridad a la publicación de la presente resolución.

b) No esta incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 21 de la Ley 26/1984 de 19 de Julio.

c) Carecer de ánimo de lucro.

d) Contar con una estructura interna y un régimen de funcionamiento democrático.

e) Desarrollar su actividad en la ciudad de Ceuta.

Documentos asociados

Boletín: 05/04/2011
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5040
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento