Subvenciones URBAN con destino a la modernizacion de establecimientos comerciales.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S16091/13

Norma:

Torrelavega, 2 de mayo de 2013. Torrelavega, 1 de junio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones con destino a la modernización de establecimientos comerciales, de prestación de servicios y hostelería, ya instalados en el ámbito del Barrio de la Inmobiliaria, municipio de Torrelavega, a efectuar dentro de la Iniciativa Urban “La Inmobiliaria. Un nuevo espacio de oportunidades” cofinanciada al 50% con Fondos FEDER de la Unión Europea, las cuales deberán sujetarse en sus condiciones y finalidad a las bases generales para tal fin aprobadas por el Pleno de la Corporación.

Categorías Subvención

  • Comercio

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a.- Mejora y modernización de locales y modernización tecnológica:

Zona 1: 18.000 euros.

Zona 2: 10.000 euros.

b.- Modernización tecnológica:

Zona 1: 5.000 euros.

Zona 2: 5.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, independientemente de la forma en que se constituyan, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a.- Mejora y modernización de locales y modernización tecnológica.

b.- Modernización tecnológica.

Requisitos:

a.- Desarrollo de las actividades prefijadas en el artículo 2.a de las Bases Generales.

b.- Se encuentren establecidas en algunos de los viales cuya zonificación se recoge en el
artículo 2.b de las Bases Generales.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de concesiones
de ayudas para fines análogos realizadas por la Unión Europea, Administración del Estado,
CC.AA o Ayuntamiento de Torrelavega.

d) Disponer de licencia de actividad con destino al ejercicio de aquella para cuya dotación
se solicita la subvención.

e) La actividad que se desarrolle debe reunir sufi cientes condiciones de viabilidad técnica,
económica y financiera para su mantenimiento durante un período mínimo de dos años para lo
cual se presentará un plan de negocio.

f) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social así como
no tener deudas pendientes de abono con el Ayuntamiento de Torrelavega, provenientes de impuestos, tasas, precios públicos o recargos tributarios.

Documentos asociados

Boletín: 16/05/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 92
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 14/06/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 115
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento