Subvenciones MICROINVIERTE del programa INNPULSA 2012-2015.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S06019/14

Norma:

Orden INN/5/2014, de 18 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/08/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2014 la línea de subvenciones MICROINVIERTE del Programa INNPULSA 2012-2015 de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establece un importe mínimo por cada concepto de inversión de 1.000 euros.

El importe total de la inversión, suma de los importes de los conceptos de inversión, debe
estar comprendida entre 3.000 y 50.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)

Detalle beneficiarios:

La microempresa, cualquiera que sea su forma jurídica, que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud, sea titular en Cantabria de una de las actividades económicas relacionadas en el punto 2 del artículo 1, y esté dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social. Asimismo, podrán tener la condición de benefi ciario las fundaciones, siempre que realicen una actividad mercantil en las condiciones exigidas para la microempresa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables las inversiones que se realicen a partir de la entrada en vigor de
esta convocatoria. En consecuencia tanto las facturas como los justificantes de pago de todas
las inversiones deben tener fechas de emisión y valor comprendidas entre la fecha de entrada en vigor de la presente Orden y el 30 de agosto de 2014, ambos inclusive.

2. Los conceptos de inversión que podrán incentivarse serán los activos fijos nuevos siguientes: bienes de equipo, máquinas, herramientas, instalaciones y servicios auxiliares, informática y comunicaciones, generadores térmicos, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control e instalaciones de seguridad.

Requisitos:

Las empresas de nueva creación podrán ser beneficiarias aunque no estén dadas de alta en la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud, debiendo, en este caso, acreditar
su actividad laboral en cualquier régimen de la Seguridad Social a la fecha de justificación.

Documentos asociados

Boletín: 19/02/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 34
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento