Subvenciones Crecimiento Industrial para microempresas industriales de la cuenca del Besaya y Cantabria (CRECE 1).- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S00873/16

Norma:

Orden INN/29/2015, de 18 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de agosto de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2016 la línea de subvenciones Crecimiento Industrial para microempresas industriales (CRECE 1) de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.

A la presente convocatoria podrán dirigirse las personas físicas o jurídicas que reúnan la condición de persona beneficiaria según lo previsto en el artículo 2 y cuya actividad sea alguna de las relacionadas a continuación:

a) Relación de actividades incluidas en el sector industrial:

- Industrias extractivas de minerales no energéticos.
- Industria textil y de la confección.
- Industria del cuero y del calzado.
- Industria de la madera y del corcho.
- Industria del papel, edición, artes gráfi cas y reproducción de soportes grabados.
- Industria de la transformación del caucho y materias plásticas.
- Industrias de otros productos minerales no metálicos.
- Industria cementera y derivados.
- Metalurgia y fabricación de productos metálicos.
- Industria de la construcción de maquinaria y equipo mecánico.
- Industria de material y equipo eléctrico, electrónico y óptico.
- Construcción naval, reparación y mantenimiento de buques.
- Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
- Fabricación de otro material de transporte.
- Industrias manufactureras diversas.
- Talleres de reparación de vehículos.

b) Relación de actividades incluidas en el sector de servicios de apoyo a la industria:

- Instalaciones eléctricas; de fontanería; climatización; gas; pararrayos y similares; aparatos elevadores; telecomunicaciones e industriales.
- Servicios de mantenimiento y manutención industrial.
- Servicios de limpieza industrial especializada, gestión de residuos industriales y recuperación de productos industriales.
- Servicios portuarios.
- Depósitos y almacenamiento de mercancías.
- Laboratorios de ensayo, análisis y certifi cación.
- Sondeos y prospecciones.

c) Relación de actividades incluidas en los sectores prioritarios y ámbitos tecnológicos prioritarios contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación 2020 para la Especialización Inteligente de Cantabria (iCan 2020):

Sectores prioritarios:

- Maquinaria y componentes de automoción.
- Transformación metálica.
- Química.
- Biotecnología.
- Ingeniería marítima.
- Comunicaciones por satélite y radiofrecuencia.

Ámbitos tecnológicos transversales:

- Servicios de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) de apoyo al sector industrial.
- Nanotecnología.
- Fabricación avanzada.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)

Detalle beneficiarios:

La microempresa, cualquiera que sea su forma jurídica, que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud, sea titular en Cantabria de una de las actividades económicas relacionadas en el apartado 2 del artículo 1, esté dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades
económicas y en la Seguridad Social y disponga de las autorizaciones que la normativa nacional y comunitaria le exija para su actividad industrial. Asimismo, podrán tener la condición de persona beneficiaria las fundaciones, siempre que realicen una actividad mercantil en las condiciones exigidas para la microempresa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables las inversiones que se realicen entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de agosto de 2016, ambos inclusive. Todas las inversiones deben estar facturas y pagadas íntegramente dentro de dicho periodo.

2. Los conceptos de inversión subvencionables serán los activos fijos nuevos siguientes: bienes de equipo, máquinas, herramientas, instalaciones y servicios auxiliares, informática y comunicaciones, generadores térmicos, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control e instalaciones de seguridad.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2015
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 100 Ext.
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento