Subvenciones 2008 para adaptar los museos o las colecciones museográficas de las entidades de administración local de Mallorca a la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de museos de las Islas Baleares.

Código de ayuda:

S50564/08

Norma:

Consejo de Mallorca.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar el expediente 58/08 relativo a la convocatoria de subvenciones para adaptar los museos o las colecciones museográficas de las entidades de administración local de Mallorca, a la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de museos de las Islas Baleares, y las bases que la rigen.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las presentes subvenciones son compatibles con otras subvenciones o ayudas que pueda haber recibido la entidad beneficiaria para el mismo proyecto cultural, siempre que la suma de todas las ayudas, subvenciones, ingresos y otros recursos obtenidos no supere el coste total del proyecto cultural subvencionado.

En este sentido, dado que, de acuerdo con la decimoquinta base, el importe de la subvención no puede ultrapasar el 50% del presupuesto subvencionable o, en todo caso, los 18.000 euros, la entidad beneficiaria, para ejecutar la totalidad del presupuesto del proyecto subvencionado, tiene que buscar otras
fuentes de financiación o bien aportar fondos propios.

Estas subvenciones tienen carácter voluntario y eventual, no generan derecho alguno a la obtención de otras subvenciones en años posteriores y no pueden ser alegadas como precedente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias las entidades de administración local de Mallorca titulares de museos o colecciones museográficas.

No obstante, no pueden serlo:

- Las que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 (apartados 1 y 2) del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196 de 31 de diciembre de 2005).
- Las que no hayan justificado, documentalmente, la realización del proyecto cultural subvencionado en la convocatoria de equipamientos del año 2007, de acuerdo con las condiciones establecidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Pueden acogerse a la presente convocatoria de subvenciones las solicitudes correspondientes a los museos y colecciones museográficas de Mallorca que tengan por objeto llevar a cabo, durante el año 2008, los proyectos museísticos siguientes, elaborados y firmados por un técnico cualificado:

- Redacción total o parcial del plano director del museo.
- Elaboración del inventario del fondo del museo o la colección museográfica.
Sin embargo, cabe precisar que sólo son objeto de esta convocatoria los museos y las colecciones museográficas de Mallorca existentes antes de la entrada en vigor de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de museos de las Islas Baleares, es decir, el 4 de abril de 2003, y los que se hayan constituido legalmente
con posterioridad.

Se entiende por museo y por colección museográfica lo que establece la Ley 4/2003 en los artículos 2 y 3, respectivamente.
Quedan excluidos los proyectos museísticos que sean objeto de subvenciones nominativas.

Son subvencionables los gastos relacionados directamente con la realización del proyecto museístico. Sin embargo, teniendo en cuenta la partida presupuestaria de la convocatoria, no son subvencionables los gastos que supongan inversiones, obras, compra de equipamientos o de cualquier otro bien inventariable.

Documentos asociados

Boletín: 10/07/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 96
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento