Subvencionas en materia de Educación destinadas a los Centros Escolares Públicos.

Código de ayuda:

S53346/05

Norma:

Convocatoria de 7 de noviembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Garantizar las condiciones de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, a fin de dotar a todos los estudiantes de las mismas oportunidades con independencia de sus condiciones socioeconómicas, mediante la concesión de subvenciones a los Centros Escolares, sostenidos con fondos públicos, del Municipio de San Bartolomé de Tirajana.
Asimismo, trata de mejorar las aptitudes y competencias individuales de los alumnos ofreciendo la posibilidad de realizar visitas relacionadas con los estudios.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los centros educativos públicos radicados en el Municipio de San Bartolomé de Tirajana que impartan enseñanzas regladas de educación Infantil, Primaria, Secundaria, Educación Especial, Enseñanzas Artísticas y Profesionales, dependientes de la Consejería de Educación Cultura y Deportes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se podrán solicitar subvenciones para las siguientes finalidades:
a).- Adquisición de libros de texto y material escolar destinados al alumnado con economías precarias.
b).- Adquisición de libros de textos destinados a incrementar sus fondos bibliográficos.
c).- Gastos derivados de la realización de Viajes y Actividades Culturales y/o formativos.

Tendrán la consideración de gastos subvencionables:
a) Para la adquisición de libros y material escolar destinados al alumnado con economías precarias y fondos
bibliográficos.
- Adquisición del material para los que solicita subvención.
b) Gastos derivados de la realización de Viajes y Actividades Culturales y/o Formativos.
- Gastos de viajes (billetes, estancias).
- Gastos de traslados.

Quedan excluidos como gastos subvencionables:
Todos aquellos que no tengan relación justificada con los proyectos y/o programas subvencionados.

Documentos asociados

Boletín: 07/11/2005
BO Provincia de Las Palmas- Nº 143
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento