Subvencion regulada por la Orden 4/2006, de 18 demayo, de la Consejeria de Turismo, Medio Ambiente y Politica Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para acciones de desarrollo y ordenacion de los bosques en zonas rurales - Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S16482/06

Norma:

Orden 4/2006, de 18 de mayo. Resolucion nº 68/2009, de 9 de febrero. Resolucion nº 116/2010, de 24 de febrero. Resolución nº 121/2011, de 14 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para acciones de desarrollo y ordenación de los bosques en zonas rurales, en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Los titulares de los derechos de propiedad, arrendamiento, usufructo o posesión de superficies agrarias, bien sean personas físicas o jurídicas de derecho público o privado, y las agrupaciones.

Para formar una agrupación se requerirá que, como mínimo, se agrupen cinco titulares de derechos reales sobre las parcelas agrarias objeto de los trabajos, sin necesidad de constituirse en entidad con personalidad jurídica.

b) Las Entidades Locales propietarias de terrenos o montes de libre disposición.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las líneas de actuación que podrán beneficiarse del régimen de ayudas de la presente Orden son las siguientes:

Línea 1. Restauración de riberas y zonas salinas.

Línea 2. Plantación de chopos.

Línea 3. Tratamientos selvícolas y contra plagas en bosques (clareos o primera clara y poda; resalveos de
monte bajo; eliminación mecanizada de residuos forestales y matorral; desbroce mecanizado de matorral; y tratamientos fitosanitarios).

Línea 4. Trabajos y cuidados culturales en choperas (destoconado; laboreos; podas; y tratamientos
fitosanitarios).

Línea 5. Construcción y mejora de vías forestales.

Línea 6. Cortafuegos y puntos de agua.

Línea 7. Redacción de proyectos de ordenación y planes técnicos de montes.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2006
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 71
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/03/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 35
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 26/03/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 37
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Boletín: 05/04/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 45
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 15/04/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 50
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento