Subvención para libros de texto y material escolar.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S39828/16

Norma:

Arrecife a 5 de octubre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de noviembre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 150

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de la presente subvención se centra en colaborar parcialmente en los gastos que como consecuencia de la escolarización de los menores de edad deban incurrir lasfamilias en las que sus circunstancias económicas y sociales así lo aconsejen.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Ayuntamiento de Arrecife (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención a otorgar será a tanto alzado según la disponibilidad presupuestaria por la que
se convoque estableciéndose un mínimo de 150 euros por expediente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a la presente subvención aquellas familias con menores escolarizados a su cargo que reúnan a
la fecha de entrega de la solicitud los requisitos.

Requisitos:

1. Que los ingresos económicos de la Unidad Familiar no superen el 2,5 del IPREM (indicador público de
renta de efectos múltiples) de 2015, en su cómputo anual, referido a doce pagas. Siendo la cuantía resultante 15.975,325 euros, por tanto dicha cantidad será la que marca el límite máximo de ingresos que puede tener la unidad familiar solicitante.

Se solicita el IPREM de 2015 por tratarse del último ejercicio fiscal declarado.

2. Todos y cada uno de los miembros que componen la unidad familiar del expediente deberán contar un
periodo de carencia mínima (residencia en el municipio) en el padrón de habitantes de este Ayuntamiento de al menos 1 año, computado con efectos inmediatamente anterior a la fecha de registro de la solicitud de la subvención. Tal circunstancia será comprobada de oficio por esta Administración a través de su padrón municipal. Con la sola presentación de la solicitud se entiende otorgada autorización a este Ayuntamiento para la comprobación de oficio de los datos en virtud de los que deba dictarse la propuesta de resolución previa valoración de los criterios a que deba lugar.

Para el caso de divorcio o separación legal de los padres no tendrá la consideración de miembro computable, aquél que no conviva con el menor con cargo al que se solicita la subvención. Sí goza de tal carácter, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, debiendo aportar la documentación necesaria para el cálculo de rentas ya señalado (Convenio regulador y/o declaración jurada).

3. Que la unidad familiar se encuentre integrada por menores escolarizados en segundo ciclo de Educación
Infantil y/o alguno de los ciclos de Primaria y Secundaria y ciclos afines, en centros públicos ubicados en el municipio de Arrecife o alumnos que, cumpliendo los criterios de empadronamiento, cursen estudios en centros escolares fuera del municipio de Arrecife, como consecuencia de la propuesta de su dictamen de escolaridad, o similares, en beneficio de la correcta escolarización del menor, debiendo aportar certificado de la Inspección educativa o del centro educativo donde se refleje la adjudicación de plaza.

4. Podrán solicitar dicha subvención aquellas personas que tengan deudas contraídas con este Ayuntamiento, en virtud de lo establecido en el artículo 5.5 de la Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones a otorgar por el Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, al tratarse la presente convocatoria de una subvención de emergencia social. Dichos solicitantes, si resultasen beneficiarios, podrán optar al abono de la misma, sin que se les tenga en cuenta las deudas que tuviesen contraídas con el Ayuntamiento.

Documentos asociados

Boletín: 10/10/2016
BO Provincia de Las Palmas- Nº 122
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento