Subvencion para la adquisicion de vehiculos de categoria M1 y N1, como aportacion adicional a lo dispuesto en el Plan 2000 E.

Código de ayuda:

S20173/10

Norma:

Ceuta, a 19 marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Según correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos de la categoría M1 (vehículos de
motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros) y de la categoría N1 (vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías), como aportación adicional a lo dispuesto en el Plan 2000 E.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Ceuta)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas.

Los profesionales autónomos dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Las microempresas, entendiendo por tales aquellas empresas que ocupan a menos de 10 personas y cuyo importe neto de la cifra anual de negocios o total de las partidas del activo no supera los 2 millones de euros, computándose los límites de acuerdo con el anexo 1 del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).

Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) definidas de acuerdo con lo establecido en el mencionado anexo 1 del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión y que cumplan los siguientes requisitas:

Que empleen a menos de 250 personas.

Que su importe neto de la cifra anual de negocios no exceda de 50 millones de euros, o el total de las partidas del activo no exceda de 43 millones de euros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se aplicarán para la adquisición de un vehículo nuevo o usado de hasta cinco años de antigüedad de la categoría M1 o de la categoría N1, matriculado en España y que reúna las siguientes características:

a. Vehículos de turismo categoría M1:

Emisiones de CO2 no superiores a 120 gr./Km (Vehículo ecológico), o.

Emisiones de CO2 no superiores a 149 gr./Km y que además incorporen sistemas de control electrónico de estabilidad y detectores presenciales en plazas delanteras (vehículo innovador), o.

Emisiones de CO2 no superiores a 149 gr./Km. y que además incorporen un catalizador de tres vías para
vehículos de gasolina o dispositivos EGR de recirculación de gases de escape para vehículo diésel.

b. Vehículos de transporte de categoría N1 con emisiones de CO2 no superiores a 160 gr/.Km.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2010
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4934
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento