Subvención para inversiones en adaptación de equipos y lugares de trabajo para 2026.
Código de ayuda:
S00782/26Norma:
ORDEN FORAL 1245E/2025, de 18 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de marzo de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la subvención es fomentar la seguridad y salud de las personas trabajadoras por cuenta ajena, con el fin de reducir la siniestralidad laboral en las empresas, a través de la mejora de las condiciones materiales de los equipos y de los lugares de trabajo.Categorías Subvención
Empleo
Prevención Riesgos Laborales
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Consejería de Derechos Sociales (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas privadas que tengan contratadas personas por cuenta ajena.Requisitos:
a) Hayan realizado o vayan a realizar en sus centros de trabajo, ubicados en Navarra, y ya en uso, con licencia de actividad en vigor a la fecha de publicación de la convocatoria, las inversiones subvencionables.b) Emplear a menos de 150 personas. Para ello se estará al número de unidades de trabajo (UTA), es decir, al número de personas que trabajan en la empresa, o por cuenta de la misma, a tiempo completo durante todo el año. El trabajo de las personas que no trabajan todo el año o lo hacen a tiempo parcial, se contará como fracciones de UTA, y el año que se tendrá en cuenta será el inmediatamente anterior a la publicación de la convocatoria. Para el cómputo de la plantilla se tendrán en cuenta el número de personas trabajadoras de la empresa o grupo de empresas en su conjunto, incluyendo todos sus centros de trabajo, estén ubicado dentro o fuera de la Comunidad Foral de Navarra.
c) No haber sido sancionadas mediante resolución firme en materia de seguridad y salud laboral, con una infracción muy grave o dos graves, en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria.
d) No estén cumpliendo, o tengan pendientes de cumplir, sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
e) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.
f) Disponer de un Plan de Igualdad vigente, inscrito en el "Registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad", a la fecha de presentación de la solicitud de subvención, siempre y cuando se encuentre obligada a ello, por contar con una plantilla igual o superior a cincuenta personas trabajadoras, o teniendo una plantilla inferior, por estar así establecido en el convenio colectivo que le sea aplicable. La forma de acreditar este requisito será mediante la aportación del justificante de registro emitido por el órgano competente.
g) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, circunstancia que deberá acreditarse mediante la "Declaración responsable" que se incluye en el formulario de solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
13/01/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 8
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 8
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
