Subvencion para inversiones en adaptacion de equipos de trabajo - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S16537/08

Norma:

RESOLUCION 215/2008, de 25 de febrero. RESOLUCION 355/2009, de 4 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover y fomentar la seguridad y salud de los trabajadores con el fin de reducir la siniestralidad laboral,
para lo cual es necesario mejorar las condiciones materiales de los equipos de trabajo existentes en las empresas para conseguir un adecuado nivel de protección frente a los riesgos derivados de las condiciones
de trabajo.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Innovación, Empresa y Empleo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención que se podrá conceder a los beneficiarios será del 25% de la inversión en capital fijo realizada según lo establecido en la presente base. En ningún caso, el importe de la subvención
superará la cantidad de 13.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que realicen durante el año 2008 en sus centros de trabajo ubicados en Navarra las inversiones en capital fijo establecidas en la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los conceptos subvencionables serán las inversiones en capital fijo, siempre que sean para uso propio de la empresa, excluyendo las adquiridas para venta o alquiler, cuya necesidad haya quedado reflejada en la Evaluación de Riesgos de la empresa y se hayan recogido en la Planificación Preventiva a la que se refiere la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, exclusivamente en los aspectos detallados a continuación:

a) La adaptación de máquinas o equipos de trabajo, puestos en servicio en la empresa antes del 1 de enero de 1995, a las disposiciones previstas en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

b) La sustitución de máquinas, puestas en servicio en la empresa antes del 1 de enero de 1995, por otras equivalentes con marcado CE, cuando debido a especiales dificultades técnicas no puedan ser adaptadas al Real Decreto 1215/1997, o el coste de la adaptación sea superior al 40% del coste de la adquisición de la nueva máquina. Esta opción supondrá la necesaria eliminación de la máquina.

c) La sustitución de equipos de trabajo que no puedan ser físicamente adaptados al Real Decreto 1215/1997 por otros acordes con Normas UNE de aplicación específica (norma UNE-EN 1263 para redes de seguridad; normas UNE-EN 12810 y UNE-EN 12811 para andamios modulares; norma UNE-EN 60439-4 para Conjuntos de Obra, etc). Esta opción supondrá la eliminación de la totalidad del tipo de equipo no
normalizado existente en la empresa, quedando limitada la subvención, como máximo, a la cantidad que la empresa posea en el momento de la solicitud.

d) La sustitución de cubiertas frágiles por otras cubiertas no frágiles, siempre que la misma no suponga aumento de superficie ni de volumen.

e) La adquisición de aparatos para elevación de personas incluidos en el Anexo IV del Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, sobre máquinas.

f) La adaptación de puestos de trabajo, realizada con criterios ergonómicos, con objeto de prevenir trastornos musculoesqueléticos.

Requisitos:

1.º Que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

2.º Que empleen a menos de 100 trabajadores.

3.º Que no hayan sido sancionadas, con carácter firme, por una falta muy grave o más de dos graves, en materia de seguridad y salud laboral, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha en que se publique esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 32
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/03/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 34
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento