Subvención para el mantenimiento de Centros y Servicios y desarrollo de Programas de actividades destinadas a la atención de las personas mayores en Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S60146/05

Norma:

Orden de 28 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/02/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer para el año 2006, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Entidades Públicas, Asociaciones de Mayores y Entidades Privadas sin ánimo de lucro, para el mantenimiento de Centros y Servicios y el desarrollo de Programas de Actividades dirigidas a las Personas Mayores en la región, tanto para iniciativas de nueva implantación como para aquellas que sean continuidad de las iniciadas en ejercicios anteriores.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se podrá financiar hasta el cien por cien del coste total de la actividad desarrollada por la Entidad que sea objeto de la subvención, pudiendo amparar gastos desde el dia 1 de enero.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades Públicas, Asociaciones de Mayores y Entidades Privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Mantenimiento de Centros y Servicios y el desarrollo de Programas de Actividades dirigidas a las Personas Mayores en la región, tanto para iniciativas de nueva implantación como para aquellas que sean continuidad de las iniciadas en ejercicios anteriores.

Requisitos:

1.Las entidades privadas sin ánimo de lucro y las asociaciones de mayores, deben cumplir:
a) Estar legalmente constituidas.
b) Carecer de fin de lucro.
c) Haber justificado, en su caso, las ayudas recibidas por esta Consejería en anteriores convocatorias y no hallarse inmersos en procedimiento de reintegro de subvenciones o sancionadores.
d) Hallarse al corriente de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
e) Disponer de estructura y capacidad para garantizar el desarrollo de la actividad subvencionada.
f) Poseer el domicilio fiscal en la región
g) Que el Centro para el que se solicita la subvención esté debidamente autorizado.
h) No encontrarse incursa en cualquiera de las circunstancias previstas en el art.13 de la Ley General de Subvenciones.
2. Las entidades Públicas deberán cumplir los requisitos c, d, e y h anteriormente citados.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 263
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 27/01/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 20
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento