Subvencion para el fomento de instalaciones de energia solar fotovoltaica y de energia eolica para autoconsumo dirigida a empresas y a asociaciones empresariales.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S42273/14

Norma:

Resolución de 19 de agosto de 2014. Resolución de 4 de septiembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de septiembre por agotamiento de los fondos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar y regular la convocatoria pública de ayudas para el fomento de las instalaciones de energía solar fotovoltaica y de energía eólica, para autoconsumo, que, promovidas por empresas y asociaciones empresariales, se tengan que ejecutar en edificios relacionados con su actividad empresarial y/o social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Economía y Competitividad (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Se establecen las cuantías siguientes de subvención:

a. Para las solicitudes presentadas por empresas, a razón de 1,50 €/ Wp en el caso de generación fotovoltaica, y 3,00 €/W en el caso de generación eólica, con un máximo de subvención del 35 % del coste de la instalación.

b. Para las solicitudes presentadas por asociaciones empresariales, a razón de 1,50 €/ Wp en el caso de generación fotovoltaica, y 3,00 €/W en el caso de generación eólica, con un máximo de subvención del 45 % del coste de la instalación.

2. La subvención máxima por proyecto no será superior a 50.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a. Las empresas, con cualquier figura jurídica admitida por el ordenamiento jurídico (personas físicas, personas jurídicas de derecho privado y comunidades de bienes) que lleven a cabo en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y en los edificios relacionados con su actividad empresarial, las instalaciones o las actuaciones establecidas en el apartado 4 de esta Resolución.

b. Las asociaciones empresariales, en los edificios destinados a su actividad social, que tengan su domicilio y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones en nuevas instalaciones de energía solar fotovoltaica y de energía eólica, para autoconsumo, con una potencia mínima instalada de 2 kW, y una potencia máxima de 100 kW.

Documentos asociados

Boletín: 21/08/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 113
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 09/09/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 122
Documento: Finalización plazo solicitudes Descargar Documento