Subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación yacompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada cofinanciada por el FSE plus.
Código de ayuda:
S34128/25Norma:
Orden de 10 de diciembre de 2025. Orden de 4 de mayo de 2023.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de diciembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la Orden es aprobar la convocatoria de una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a entidades sin fin de lucro que tengan por objeto o fin social la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, mediante el desarrollo de un programa destinado al acompañamiento social al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada, cofinanciada por el FSE Plus.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
Región de MurciaConvoca:
Consejería de Política Social, Familias e Igualdad (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de esta subvención, las entidades sin fin de lucro en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, para la realización, en la Región de Murcia, del programa al que se refiere el artículo 1 de esta Orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A. COSTES DIRECTOS DE PERSONALB. RESTO DE COSTES DEL PROGRAMA
B.1. Otros costes directos
B.1.1 Costes del local donde se desarrolle el proyecto subvencionado si se utiliza exclusivamente para la realización de las actividades relacionadas con el proyecto.
B.1.2 Materiales diversos necesarios para la ejecución del proyecto: material de oficina, material didáctico, etc.
B.1.3 Los costes relacionados con la visibilidad, transparencia y comunicación de los proyectos.
B.1.4. Seguros de accidente y responsabilidad civil que cubran a las personas destinatarias y al personal directo, así como al personal voluntario vinculado al proyecto, en su caso.
B.1.5. Alquiler de salas o espacios relacionados directamente con el proyecto.
B.1.6. Arrendamiento de material técnico y equipos informáticos necesarios para la
realización de actuaciones.
B.2. Las dietas y gastos de viaje del personal y las personas voluntarias adscritas al proyecto subvencionado siempre y cuando estas sean abonadas por la entidad. No se podrán imputar con cargo a esta partida las dietas y gastos de viajes del personal con contrato de arrendamiento de servicios y aquellos que realicen colaboraciones esporádicas (a no ser que estas colaboraciones tengan carácter gratuito). Quedan excluidos los gastos de parking, peaje de autopistas y combustible.
B.3 Costes indirectos: Aquellos costes que, aunque no puedan vincularse directamente con la actividad subvencionada, son necesarios para su ejecución. Dentro de los costes indirectos se incluyen tanto aquellos que son imputables a varias actividades específicas, sean o no todas ellas subvencionables, como aquellos costes generales de estructura de una entidad que, sin ser imputables a una actividad subvencionada concreta, son necesarios para que esta se lleve a cabo. Entre ellos, servicios y medidas de conciliación que permitan la asistencia de la población a las acciones del proyecto.
Documentos asociados
Boletín:
16/12/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 289
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 289
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
16/12/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 105
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
16/12/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 289
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 289
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