Subvencion al "Programa de urbanismo comercial" para el año 2010.

Código de ayuda:

S21373/10

Norma:

RESOLUCION 287/2010, de 24 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ofrecer apoyo económico a las Entidades Locales en las políticas de fomento y mejora del comercio
urbano y del comercio de proximidad en zonas rurales, considerando al sector del comercio como un factor clave en el establecimiento de políticas municipales y favoreciendo el entorno urbanístico necesario para
el desarrollo del comercio.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Innovación, Empresa y Empleo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

- Aquellos municipios con concentraciones comerciales con potencial de revitalización y/o dinamización,
que tengan la consideración de cabeceras o subcabeceras internas de acuerdo con el Modelo Territorial de Grandes Establecimientos Comerciales de Navarra que se detallan en el Anexo I de estas bases reguladoras.

- Los municipios de menos de 3.000 habitantes que cuenten con un informe favorable de Centro Europeo
de Empresas e Innovación de Navarra (CEIN) para el desarrollo de esta acción, toda vez que el Gobierno de Navarra gestiona la red de comercios rurales denominada “Comercios a mano” mediante la colaboración de la citada entidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Estudios para la elaboración de Planes de Actuación Comercial, que deberán tener como mínimo el siguiente contenido:

–Objetivos del Plan.
–Análisis comercial del municipio: oferta, demanda, equipamientos comerciales singulares, elementos de centralidad (administrativos, culturales, deportivos, etc.), adecuación urbanística (accesibilidad, mobiliario
urbano, aparcamientos, etc.), asociacionismo comercial, etc.
–Identificación, delimitación y caracterización de las zonas con alta concentración comercial.
–Posicionamiento de las zonas comerciales identificadas: potencial comercial y grado de adecuación actual.
–Líneas básicas de actuación según zona comercial, propuesta de plan de gestión y definición de dicadores.
La subvención correspondiente a esta acción será del 70% del coste externo, con un importe máximo de 25.000 euros.

b) Mejora y adecuación de espacios comerciales que, por el número de establecimientos comerciales situados en los mismos, presenten potencialidad para que puedan considerarse centros comerciales urbanos (CCU), ejes y/o calles comerciales. En concreto, serán subvencionables las siguientes actuaciones:

b.1) Inversiones en adecuación de infraestructuras urbanísticas dirigidas a la peatonalización de ejes y/o calles comerciales o a la transformación de viales en calles de coexistencia con tránsito simultáneo de
vehículos y peatones, en los que los peatones tengan prioridad sobre el tráfico rodado.
Se considerará subvencionable el coste de ejecución material de obras cota 0, no acogiéndose los movimientos de tierra, demoliciones e infraestructuras diversas bajo cota 0. Las acciones subvencionables
deben de tener una incidencia clara y directa en la mejora de la actividad comercial.
La subvención correspondiente a esta acción será del 40% del coste externo.

b.2) Ampliación y renovación del equipamiento urbano, permanente o no, que mejore el paisaje urbano y estético de las zonas comerciales tales como: mobiliario, alumbrado, jardinería, señalización comercial y aquellos complementos que estimulen una mejor actividad comercial. La subvención correspondiente a esta acción será del 70% del coste externo.

b.3) Accesibilidad y acondicionamiento de espacios de aparcamiento, excluida la construcción de nuevos aparcamientos soterrados o en alzada, siempre y cuando se encuentren próximos a la zona comercial y se
establezcan medidas para la difusión/información a los posibles clientes de dicha zona comercial.
La subvención correspondiente a esta acción será del 70% del coste externo.

b.4) Estudios y/o asesoramiento técnico externo para la definición, seguimiento y ejecución de las actuaciones contempladas en los puntos anteriores.
La subvención correspondiente a esta acción será del 60% del coste externo, con un importe máximo de 10.000 euros. Los costes de redacción de los proyectos técnicos y de las direcciones de obra se considerarán gasto subvencionable siempre y cuando se ejecute la inversión correspondiente.

c) Modernización de mercados municipales.

c.1) Estudios para la mejora de la organización física y funcional de los mercados municipales.
La subvención correspondiente a esta acción será del 70% del coste externo, con un importe máximo de 12.000 euros.

c.2) Inversiones para la mejora física y funcional de los mercados municipales, incluidas las instalaciones de uso comunitario así como los entornos anexos a los mismos.
La subvención correspondiente a esta acción será del 70% del coste externo.

d) Actuaciones para acondicionamiento de áreas de comercio ambulante o mejora de las existentes, ubicadas en entorno urbano, tales como:
–Adecuación de la superficie sobre la que se desarrollará esta actividad.
–Equipamiento e infraestructuras destinadas a dar servicio a esta actividad comercial: carpas, estructuras desmontables o similares.
–Dotación de servicios de apoyo tales como: electricidad, agua, etc.
Para que estas actuaciones sean subvencionables deberán desarrollarse en zonas céntricas y/o próximas al comercio establecido del municipio y que contribuyan a dinamizar la actividad comercial del municipio y/o
zona comercial.
La subvención para esta actuación será del 50% del coste externo.

e) Actuaciones para el establecimiento de almacenes reguladores de distribución y plataformas de abastecimiento comercial que den servicio al pequeño comercio urbano o de proximidad.
La subvención para esta actuación será del 70% del coste externo.

f) Actuaciones dirigidas al acondicionamiento de locales de titularidad municipal para la puesta en marcha de un establecimiento comercial integrado en la red de “comercios a mano”.
La subvención para esta actuación será del 70% del coste externo.

Documentos asociados

Boletín: 05/04/2010
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 42
Documento: Basees y Convocatoria 2010 Descargar Documento