Subvencion a pequeñas y medianas empresas de San Sebastian de los Reyes por generacion de empleo neto.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S25100/11

Norma:

San Sebastián de los Reyes, a 13 de abril de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas, a fondo perdido, para la creación de empleo neto por parte de pequeñas y medianas empresas ubicadas en el municipio de San Sebastián de los Reyes.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima que se puede conceder por cada proyecto generador de empleo será de 6.000 Euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas o los empresarios individuales que realicen un proyecto generador de empleo, ejerzan su actividad en San Sebastián de los Reyes y que estén constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos generadores de empleo.

Requisitos:

Será requisito indispensable acreditar la generación de empleo neto de al menos un trabajador en la empresa con referencia a los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la subvención, siendo además necesario:

1. Tener una cifra de negocios anual no superior a 6.010.121,04 euros, o bien un activo total no superior a 9.015.181,57 euros.

2. Tener menos de 100 trabajadores en la fecha de solicitud de las ayudas y no haber superado esa cifra en los 12 meses anteriores a dicha fecha.

3. No estar vinculados o participados en más de un 25% del capital por empresas que no cumplan los requisitos establecidos en los apartados 1 y 2 del presente artículo.

4. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, o en su defecto tener concedida moratoria o aplazamiento para su cumplimiento. De estar exento de estas obligaciones deberá acreditar documentalmente dicha exención. Igualmente deberá acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

5. Estar en posesión de todos los permisos, licencias y autorizaciones, tanto municipales como de otro carácter, necesarios para su instalación y funcionamiento.

6. Acreditar la viabilidad técnica, económica y financiera que garantice la permanencia y estabilidad de los empleos.

7. En el caso de tratarse de una empresa anteriormente beneficiaria de las ayudas que regula esta Ordenanza o de cualquiera otra concedida por el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, haber acreditado el cumplimiento de las obligaciones inherentes a las mismas.

8. Comunicar las subvenciones solicitadas y/u obtenidas en cualquier otro organismo.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 107
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/05/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 103
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento