Subvención a organizaciones sindicales para la ejecución de proyectos sobre riesgos laborales 2026.

Código de ayuda:

S12300/26

Norma:

ORDEN FORAL 205E/2026, de 8 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de mayo de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones para impulsar la acción sindical en materia de Prevención de Riesgos Laborales en las empresas, con las personas trabajadoras y sus representantes legales, mediante el desarrollo de acciones dirigidas a ampliar el conocimiento y el cumplimiento de la normativa en esta materia, con la finalidad de reducir la siniestralidad laboral.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En todo caso, el importe de las subvenciones concedidas para la realización de una misma actividad no podrá ser en ningún caso de tal cuantía que, aislada o conjuntamente, supere el coste de la actividad a desarrollar por la beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las organizaciones sindicales con representatividad en Navarra

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los gastos del personal técnico contratado por la entidad y directamente dedicado a la ejecución del proyecto, durante el periodo en que se dedique al mismo. El máximo subvencionable por este concepto será de 50.000 euros de coste salarial por persona contratada todo el año a jornada completa, reduciéndose en proporción si no lo fuera todo el año o a jornada completa.

b) Los gastos de personal administrativo contratado por la entidad, en sus funciones de apoyo al proyecto, durante el periodo en que se dedique al mismo. El máximo subvencionable por este concepto será de 40.000 euros de coste salarial por persona contratada todo el año a jornada completa, reduciéndose en proporción si no lo fuera todo el año o a jornada completa.

c) Los gastos de desplazamiento del citado personal para la realización de las acciones del proyecto, que se abonen a través de la nómina correspondiente.

d) Los gastos de difusión de contenidos relacionados con las acciones del proyecto presentado, a través de materiales, redes sociales y medios de comunicación.

Requisitos:

a) Que ostenten un 10 por 100 o más de representantes en empresas y Administraciones Públicas de Navarra, certificable por el Registro de Elecciones Sindicales de Navarra.

b) No estén incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la "Declaración responsable" que se incluye en el formulario de solicitud.

c) No estén cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

Documentos asociados

Boletín: 28/04/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 82
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento