Subvención a los centros privados concertados de educación especial para el desarrollo de medidas específicas de atención a la diversidad, en el año 2018.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S17500/18

Norma:

Decreto n.º 31/2018, de 11 de abril.

Plazo de Solicitud:

Concesión directa a los cuatro centros de Educación Especial Privado Concertado.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Este decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención a los Centros Privados Concertados de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, destinada a la realización de actuaciones desarrolladas desde el 1 de enero a 31 de diciembre de 2018, desde los centros privados concertados de educación especial, para el desarrollo de medidas específicas de atención a la diversidad, que favorezcan las condiciones de accesibilidad del alumnado a estos centros, así como los apoyos a la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejo de Gobierno (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios de esta subvención los Centros Privados Concertados de Educación Especial con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las medidas específicas de atención a la diversidad y apoyos a la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales, a que se refiere el apartado anterior, podrán concretarse en las siguientes:

a) La realización de actuaciones como centros de recursos en sus respectivos ámbitos geográficos de actuación que permita un intercambio de experiencias y recursos para la respuesta educativa del alumnado con necesidades educativas especiales.

b) Facilitar las condiciones de accesibilidad del alumnado a estos centros a través del apoyo con recursos humanos complementarios para supervisión o ayudas en los desplazamientos y atención del alumnado en las rutas de transporte, y otros gastos corrientes derivados de los mismos, pudiendo los alumnos acceder a estos servicios en igualdad de condiciones.

c) La compensación de desigualdades en cuanto a la atención de necesidades sanitarias en el medio educativo, a través de la presencia de un profesional de enfermería en el centro, que permita responder con garantías a dichas necesidades de carácter sanitario.

Requisitos:

a) No estar incursa en las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de este requisito se realizará mediante la presentación de una declaración responsable, con carácter previo a la concesión de la subvención.

b) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

La acreditación de los requisitos establecidos en los apartados b), c) y d) del párrafo anterior, se realizará mediante los certificados expedidos por los órganos competentes, que se incorporarán de oficio por el órgano gestor, siempre que se cuente con el consentimiento expreso del interesado, o serán recabados al beneficiario con anterioridad a la concesión de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 17/04/2018
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 87
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento