Subvención a las entidades locales de Navarra para la realización de las actividades culturales que integran el programa Arte y Cultura.

Código de ayuda:

S13373/26

Norma:

ORDEN FORAL 32E/2026, de 4 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de junio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para fomentar las actividades artísticas y culturales en los municipios de Navarra. Dichas actividades deberán pertenecer a cualquier de las descritas en el punto 1.2. y realizarse desde el 27 de octubre de 2025 al 25 de octubre de 2026 ambos inclusive.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En la valoración de las solicitudes presentadas y en la determinación de la cuantía de la ayuda, se calculará mediante puntos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Municipios de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los gastos por la contratación de espectáculos de grupos profesionales y de grupos amateur, IVA incluido, si la entidad no puede compensarlo.

b) Los gastos generados por la programación y contratación de proyectos de Artes Visuales (Artes Plásticas, Instalación, Intervención, Videoarte, Arte Ecología, Arte Efímero, entre otras), IVA incluido, si la entidad no puede compensarlo.

c) Los gastos generados por entidades de gestión de derechos de autor para las actividades subvencionadas, IVA incluido, si la entidad no puede compensarlo.

d) Los gastos derivados de la ejecución de las actividades subvencionadas, IVA incluido, si la entidad no puede compensarlo.

e) Los gastos de difusión de las actividades subvencionadas, IVA incluido, si la entidad no puede compensarlo.

5.2. Quedan expresamente excluidos del objeto de esta convocatoria de subvenciones:

a) Los gastos de viajes, comidas, alojamientos y dietas.

b) Cursos, talleres, conferencias, exposiciones de artesanía.

c) Premios y concursos, competiciones, cuotas de pertenencia, así como el pago a jurados.

d) Las actividades culturales que las entidades locales puedan organizar o apoyar con motivo de las fiestas locales o patronales.

e) Las actividades relacionadas con las festividades navideñas.

f) Las actividades en las que participan entidades artísticas y/o culturales de la localidad.

g) El alquiler de espacios escénicos o locales donde se realicen las actividades culturales.

h) Los gastos de actividades en las que los ayuntamientos subvencionen a otras entidades.

i) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

j) Los gastos de ejecución de actividades artísticas y culturales no justificables en otras convocatorias.

Requisitos:

1. Los generales establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre de Subvenciones y que no se encuentren cumpliendo sanciones administrativas firmes, una sentencia firme condenatoria o, en su caso, estén pendientes del cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria, impuesta por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

2. Tratarse de municipios de Navarra con una población inferior a 40.000 habitantes.

3. Podrán ser beneficiarios, en su caso, los organismos o entidades a través de los cuales los municipios gestionen directamente sus actividades culturales, así como las fundaciones constituidas por ellas.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 88
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento