Subvención "Convocatoria Empleo Social Protegido 2026".

Código de ayuda:

S13364/26

Norma:

ORDEN FORAL 203E/2026, de 30 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de mayo de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones para el desarrollo de proyectos de Empleo Social Protegido de entidades locales. Estos proyectos consistirán en la contratación de personas beneficiarias de Unidades Familiares perceptoras de Renta garantizada, Ingreso Mínimo Vital o personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo y con dificultades para el acceso a puestos de trabajo no protegidos para que, mediante la formación en habilidades socio-laborales y destrezas profesionales y el desempeño de una actividad de interés colectivo, mejoren sus posibilidades de integración laboral.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se calculará: una vez aplicados estos criterios de reparto las cantidades sobrantes que pudieran existir si alguna Entidad hubiera solicitado menor cantidad de la que le corresponde en función de la aplicación de los criterios establecidos en este apartado se repartirá proporcionalmente de acuerdo a la siguiente operación (regla de tres directa).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Personas Físicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvención por puestos de trabajo:

a.1) Para las contrataciones del mes de diciembre de 2025: 1.933,88 euros por mes a jornada completa de contratación, cantidad que se corresponde con el 140 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional actual establecido por el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero de 2025.

a.2) Para las contrataciones entre el 01/01/2026 y el 30/11/2026: 1.994,3 euros por mes a jornada completa de contratación, cantidad que se corresponde con el 140 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional actual establecido por el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero de 2026.

Requisitos:

a) Ejecutar el proyecto y las actividades que fundamentan la concesión de la subvención de acuerdo con la solicitud y el presupuesto aceptado en la resolución, y con las condiciones y requisitos formales y materiales de las presentes bases reguladoras, sin que puedan destinarse fondos a fines distintos de los que motivaron la concesión. Dicha ejecución comprende, en todo caso, la gestión y dirección de las actividades que constituyen el proyecto, así como la aportación de los recursos y medios que sean precisos.

b) Presentar los documentos justificativos, intermedios y finales, referidos en las presentes bases reguladoras. La memoria final contendrá lo establecido en el punto 6) de la base decimocuarta y se presentará de acuerdo a los modelos establecidos que se facilitarán a las entidades participantes y se encontrarán a su disposición en la ficha de la ayuda publicada en el portal de "Servicios para el ámbito de la Administración Pública", accesible desde el Portal de Navarra (www.navarra.es). La memoria final recogerá, entre otros aspectos los indicadores, tanto de ejecución como de resultados que han sido recopilados durante la ejecución del proyecto para ser facilitados a la Unión Europea.

Con objeto de completar la información reportada por la entidad relativo a los indicadores la Entidad gestora realizará comprobaciones, mediante consultas telemáticas a la Seguridad Social, de la situación laboral a la fecha de salida de la operación, en las cuatro semanas siguientes y a los seis meses.

c) Aportar los datos necesarios para poder reportar los indicadores de realización que figuran en el Anexo I y II del Reglamento 1057/2021 del Programa FSE+. Para ello las entidades beneficiarias deberán cumplimentar la tabla de indicadores desde el inicio de la contratación de las personas, debiendo documentar en lo posible la información ahí reflejada (pista de auditoría) y en su defecto mediante declaraciones responsables.

d) Las Entidades subvencionadas deberán hacer público el origen de la subvención en cuanto a difusión y publicidad realicen de los proyectos subvencionados, de acuerdo con lo establecido en la Orden Foral 212/2010, de 2 de julio, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, debiendo cumplir tanto con las obligaciones genéricas, de su artículo 2, como con las específicas de su artículo 4.1 b) y de la cofinanciación del Fondo Social Europeo Plus, en los términos siguientes:

La entidad beneficiaria publicitará la contribución del FSE Plus mediante la inclusión en lugar visible de la web, al menos durante la duración del proyecto subvencionado del logo indicado en esta base, acompañado de la siguiente frase:

"Esta Entidad ha recibido una ayuda cofinanciada a una tasa del 40% a través del Objetivo Específico: "Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los colectivos desfavorecidos", del Programa FSE+ 2021-2027 de Navarra".

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 88
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento