Subvencion Bonos tecnologicos para PYME.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S02119/15

Norma:

RESOLUCIÓN 413E/2014, de 22 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incrementar la actividad innovadora de las empresas a través de la contratación de actuaciones con Centros Tecnológicos, Universidades y Organismos de Investigación que supongan una transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será de un 60% del gasto subvencionable (IVA excluido) con un máximo por beneficiario de 20.000 euros, pudiéndose solicitar ayuda por más de una actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas con centro de trabajo en Navarra, que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones realizadas por un Centro Tecnológico, Universidad u Organismo de Investigación radicados en Navarra, que supongan transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación a la empresa, incluyendo aquellas actividades que puedan considerarse de vigilancia tecnológica y estudios de viabilidad. Estas actuaciones pueden ser actividades completas en si mismas o fases parciales de actuaciones de mayor alcance.

Requisitos:

a) Ostentar la condición de PYME según lo dispuesto en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (Diario Oficial L 124 de 20.5.2003).

b) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, cuando proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 y 5.7 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

c) No estar incursas en las prohibiciones para ser beneficiaria establecidas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 9
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento