Subvención "Ayudas a inversiones en museos y colecciones museográficas permanentes de Navarra 2026".
Código de ayuda:
S13746/26Norma:
ORDEN FORAL 68E/2026, de 1 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 3 de junio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones destinadas a sufragar gastos de inversión en los museos y colecciones museográficas inscritos en el Registro de Museos y Colecciones Museográficas de Navarra, para el año 2026.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Consejería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
A los proyectos se les concederá, por orden de puntuación, el 80% del presupuesto aceptado, con un máximo de 10.000 euros por proyecto, hasta agotar la dotación de la partida.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
Detalle beneficiarios:
Los titulares de museos y colecciones museográficas permanentes inscritas en el Registro de Museos y Colecciones Museográficas Permanentes de Navarra.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Se entenderá por gasto subvencionable aquel que se desarrolle en las fechas reguladas en esta convocatoria y que responda de manera indudable a la realización de proyectos de inversión definidos en la base 1.2. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
3. En virtud de lo previsto en el artículo 26.7 d) de la citada Ley Foral 11/2005 de Subvenciones, en ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con el beneficiario, salvo que concurran las siguientes circunstancias:
–Que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
–Que se obtenga la previa autorización del órgano concedente, en este caso, el Servicio de Museos.
Requisitos:
a) Cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.b) No encontrarse cumpliendo sanciones administrativas firmes, ni una sentencia firme condenatoria o, en su caso, no estar pendiente del cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria, impuesta por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
Documentos asociados
Boletín:
12/05/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 91
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 91
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
