Solicitud Unica correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013.- Convocatoria 2011.- Corrección.
Código de ayuda:
S14100/11Norma:
ORDEN de 7 de marzo de 2011. Sevilla, 24 de marzo de 2011.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de abril de 2011 (Ver plazos para primas por sacrificio).Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el procedimiento para la presentación de la Solicitud Única para los años 2011, 2012 y 2013 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los titulares de explotaciones agrarias que deseen obtener lospagos correspondientes a alguno de los regímenes de ayuda establecidos.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Podrán acogerse a las citadas ayudas las personas agricultoras cuyas explotaciones agrarias estén situadas en su totalidad o en su mayor parte en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía; así como las personas agricultoras sin superficie cuando el mayor número de animales de explotación se encuentren en la Comunidad Autónoma de Andalucía, entendiéndose por agricultor la definición establecida en el Reglamento (CE) núm. 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, en su artículo 2, letra a).2. Podrán acceder a la condición de persona beneficiaria las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado en quien concurra la titularidad de las explotaciones agrarias, debiendo designar un representante y domicilio a efectos de notificaciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los pagos correspondientes a alguno de los siguientes regímenes de ayuda directa previstos en los preceptos del Reglamento (CE) núm. 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común, instaura determinados regímenes de ayuda a los agricultores y modifica los Reglamentos (CE) núm. 1290/2005, (CE) núm. 247/2006, (CE) núm. 378/2007, derogando el Reglamento (CE) núm. 1782/2003, del Consejo, de 29 de septiembre de 2003 que se citan:1.º Los pagos correspondientes al régimen de pago único previstos en el Título III.
2.º La ayuda específica al arroz prevista en la Sección 1.ª del Capítulo 1 del Título IV.
3.º La ayuda a la producción de patatas destinadas a la fabricación de fécula prevista en la sección 2.ª del Capítulo 1 del Título IV.
4.º La prima a las proteaginosas, prevista en la Sección 3.ª del Capítulo 1 del Título IV.
5.º La ayuda por superficie a los frutos de cáscara prevista en la Sección 4.ª del Capítulo 1 del Título IV.
6.º La ayuda a la producción de semillas prevista en la Sección 5.ª del Capítulo 1 del Título IV.
7.º La ayuda específica al cultivo de algodón prevista en la Sección 6.ª del Capítulo 1 del Título IV.
8.º La ayuda a los productores de remolacha azucarera y caña de azúcar prevista en la Sección 7.ª del Capítulo 1 del Título IV.
9.º Prima por vaca nodriza y prima por sacrificio previstas en la Sección 11.ª del Capítulo 1 del Título IV.
b) Los pagos correspondientes a alguno de los siguientes regímenes de ayuda previstos en el Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería que se citan:
1.º Pagos adicionales por aplicación del artículo 69 del Reglamento (CE) núm. 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, que establece las disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de al Política Agrícola Común e instaura determinados regímenes de ayuda a los agricultores, previstos en el Título V del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero de 2010.
- Pagos adicionales en el sector del algodón.
- Pagos adicionales en el sector de la remolacha y caña de azúcar.
- Pago adicional a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.
- Pago adicional a la producción de carne de vacuno de calidad reconocida oficialmente.
- Pagos adicionales en el sector lácteo.
2.º Ayudas específicas por aplicación del artículo 68 del Reglamento (CE) núm. 73/2009, de 19 de enero de 2009, previstas en el Título VI del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero.
- Programa nacional para el fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano.
- Programa nacional para la calidad de las legumbres.
- Programa para el fomento de la calidad del tabaco.
- Ayudas específicas destinadas a agricultores de ovino y caprino cuya producción esté amparada por denominaciones de producción de calidad.
- Ayudas destinadas a agricultores de ovino y caprino cuyas explotaciones se orientan a la producción de carne, con el fin de compensar las desventajas específicas ligadas a la viabilidad económica de este tipo de explotación.
- Ayudas para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector lácteo en zonas económicamente vulnerables o sensibles desde el punto de vista medioambiental y para tipos de producción económicamente vulnerables.
- Ayuda para fomentar la producción de productos lácteos de calidad.
c) Las ayudas destinadas a indemnizar las dificultades naturales en zonas de montaña y/o las ayudas destinadas a indemnizar las dificultades naturales en zonas distintas a las de montaña en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 previstas en el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre, que establece las normas que regulan la ayuda comunitaria al desarrollo
rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), así como la participación de ese Fondo en la financiación de una serie de medidas.
d) La Medida 13: Producción Integrada de Algodón de las ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente previstas en el Reglamento (CE) núm. 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos, y en la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de desarrollo de 31 de enero de 2005, por la que se establecen normas de aplicación del régimen ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.
e) Las Submedidas Agroambientales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 previstas en el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005.
f) Las ayudas a medidas a aplicar en las zonas de influencia del Parque Nacional de Doñana para fomentar el empleo de métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural, previstas en el Reglamento (CEE) núm. 2078/1992 del Consejo, de 30 de junio de 1992, sobre métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural y por la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de desarrollo de 14 de mayo de 1997, que regula el régimen de ayudas a medidas a aplicar en las zonas de influencia del Parque Nacional de Doñana para fomentar el empleo de métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural.
g) Las ayudas por costes de mantenimiento y primas compensatorias de rentas, para superficies agrarias forestadas al amparo del Reglamento (CEE) núm. 2080/1992 del Consejo, de 30 de junio de 1992, que establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura y reguladas por la Orden de 5 de agosto de 1998, por la que se desarrolla el Decreto de 16 de junio de 1998, de ayudas para
forestación de superficies agrarias.
h) Las ayudas por costes de mantenimiento y primas compensatorias de rentas, para superficies agrícolas forestadas al amparo del Reglamento (CE) núm. 1257/1999, de 17 de mayo de 1999, y reguladas por Orden de 11 de febrero de 2005, que regula el régimen de ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
i) Las ayudas por costes de mantenimiento y primas compensatorias de rentas, para superficies agrícolas forestadas previstas en el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 y cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden de 26 de marzo de 2009, por la que regula el régimen de ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 y sus posteriores modificaciones.
Documentos asociados
Boletín:
16/03/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 53
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
30/03/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 63
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
01/07/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 128
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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