Solicitud Conjunta de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2019.

Código de ayuda:

S07591/18

Norma:

Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre. Real Decreto 745/2016, de 30 de diciembre. Real Decreto 980/2017, de 10 de noviembre. Real Decreto 27/2018, de 26 de enero. ORDEN DRS/209/2018, de 1 de febrero. Orden DRS/567/2018, de 28 de marzo. ORDEN DRS/143/2019, de 19 de febrero. ORDEN DRS/402/2019, de 15 de abril. ORDEN AGM/54/2020, de 3 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas de la “Solicitud Conjunta” para el año 2019, que está integrada por las solicitudes de subvenciones de ayudas a las rentas agrarias, las solicitudes de subvenciones de determinadas medidas del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020 y por las declaraciones de superfcie o de ganado asociados a otras solicitudes de ayudas, así como establecer las medidas para la comunicación de las cesiones de los derechos defnitivos de pago básico, relacionándose todas ellas en este punto y en los siguientes:

a) En materia de agricultura:

1.º La ayuda del régimen de “pago básico” establecida en el capítulo 1 del título III del Reglamento (CE) n.º 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, incluyendo los procedentes de la reserva nacional, el incremento de ayuda a los jóvenes agricultores, así como las comunicaciones de cesiones de derechos defnitivos de pago básico.

2.º El pago para prácticas agrícolas benefciosas para el clima y el medio ambiente establecidas en el capítulo 3 del título III del Reglamento (UE) n.º 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

3.º La ayuda asociada al cultivo del arroz defnida en los artículos 30, 31, 32 y 33 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

4.º La ayuda asociada a los cultivos proteicos defnida en los artículos 34, 35, 36 y 37 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

5.º La ayuda asociada a los frutos de cáscara y algarrobas defnida en los artículos 38, 39 y 40 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

6.º La ayuda asociada a las legumbres de calidad defnida en los artículos 41, 42, 43 y 44 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

7.º La ayuda asociada al tomate de industria defnida en los artículos 48, 49, 50, 51 y 52 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

b) En materia de ganadería:

8.º La ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas defnida en la sección 2.ª del capítulo II título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

9.º La ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo defnida en la sección 3.ª del capítulo II del título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

10.º La ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche defnida en la sección 4.ª del capítulo II del título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

11.º La ayuda asociada para las explotaciones de ovino defnida en la sección 5.ª del capítulo II del título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

12.º La ayuda asociada para las explotaciones de caprino defnida en la sección 6.ª del capítulo II del título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

13.º La ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche, vacuno de cebo y, ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago base defnidas en las secciones 7.ª, 8.ª y 9.ª del capítulo II del título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

c) En materia de agricultura y ganadería.

14.º El régimen simplifcado para pequeños agricultores que se regula en el título V del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

2. Asimismo, esta orden establece los modelos y las condiciones para la presentación de las solicitudes de ayuda para el ejercicio 2018, de los siguientes regímenes, incluidos en el PDR para Aragón 2014-2020 y las relativas a la forestación en los programas anteriores:

15.º Los pagos a zonas con limitaciones naturales, previstos en la Orden DRS/57/2016, de 28 de enero, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específcas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

16.º Las solicitudes para los costes de mantenimiento y las primas compensatorias de las subvenciones en materia de forestación de tierras agrícolas, reguladas en la Orden de 23 de enero de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a la forestación de tierras agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón y en la presente orden.

17.º Las ayudas para medidas de agroambiente y clima, la agricultura ecológica, la Red Natura 2000, del PDR para Aragón 2014-2020, y otras ayudas del Programa de Desarrollo Rural, cuyas condiciones específcas de tramitación y concesión están recogidas en la Orden de 18 de febrero de 2015, del Consejero de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas en materia de agroambiente y clima, las de agricultura ecológica, así como de los pagos al amparo de la Red Natura 2000 y de la Directiva Marco del Agua, en el ámbito del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

Igualmente, se establece la obligación de efectuar las declaraciones de superfcies que se vayan a acoger a los siguientes regímenes de ayudas y que serán, en su caso, objeto de las correspondientes órdenes de convocatoria de subvención:

18.º La declaración de los agricultores que no soliciten ayuda con arreglo a un régimen de ayuda por superfcie pero sí lo hagan con arreglo a los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión de viñedo o de la prima por arranque de viñedo.

19.º La declaración de los agricultores que únicamente tengan obligaciones del régimen de condicionalidad, los tres años siguientes a haber percibido el pago de la ayuda recibida en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión de viñedo o del pago de la prima por arranque de viñedo.

20.º La declaración de superfcies de cultivos de frutas y hortalizas por parte de los socios de las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (en adelante OPFH) en la que están integrados.

21.º La declaración de superfcies forestadas al amparo de los Reglamentos (CEE) número 2080/1992 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales de la agricultura, Reglamento (CE) n.º 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

22.º Las superfcies de frutales incluidas en planes de reconversión convocados en el año 2006 y sucesivos.

23.º Los productores que, aunque no se acojan a ninguna de las ayudas descritas en todos los números anteriores, vayan a solicitar la califcación de explotación agraria prioritaria o aquellos que, teniendo dicha califcación, hayan de solicitar la certifcación de mantenimiento de tal condición o que deseen la inscripción en el Registro de Agricultores y Ganaderos de Aragón en el momento en que esté constituido.

24.º También declararán la integridad de la explotación aquéllos interesados que deseen acogerse a la subvención de parte del coste de contratación de algún seguro agrario. conforme determina la Orden DRS/973/2016, de 22 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Aragón a la contratación de los seguros agrarios, publicada en
“Boletín Ofcial de Aragón”, número 168, de 31 de agosto de 2016, así como las líneas de seguro a las que desean acogerse para lo cual dispondrán de la información correspondiente.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Desarrollo Rural. (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Agricultores y ganaderos.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 307
Documento: Real Decreto 1075/2014 Descargar Documento
Boletín: 20/12/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 307
Documento: Real Decreto 1076/2014 Descargar Documento
Boletín: 31/12/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 316
Documento: Real Decreto 745/2016 Descargar Documento
Boletín: 11/11/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 274
Documento: Real Decreto 980/2017 Descargar Documento
Boletín: 27/01/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 24
Documento: Real Decreto 27/2018. Descargar Documento
Boletín: 15/02/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 33
Documento: Convocatoria 2018 Completa Descargar Documento
Boletín: 15/02/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 33
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 12/04/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 71
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 12/04/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 71
Documento: Modificación Convocatoria (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 04/03/2019
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 43
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/03/2019
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 43
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 26/04/2019
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 80
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 26/04/2019
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 80
Documento: Modificación Convocatoria (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 10/02/2020
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 27
Documento: Medidas Descargar Documento
Boletín: 10/02/2020
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 27
Documento: Medidas (Extracto) Descargar Documento