Se convocan ayudas para las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la ComunidadAutónoma para el fomento de las razas autóctonas de protección especial en peligro de extinción, correspondientes al año 2006.
Código de ayuda:
S04000/06Norma:
Resolución 1450 de 27 de enero de 2006, Orden 4537 de 10 de marzo de 2005Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/03/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se aprueba la convocatoria, para el año 2006, de ayudas para las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Comunidad Autónoma para el fomento de las razas autóctonas de protección especial en peligro de extinción, previstas en el Real Decreto 997/1999 de 11 de junio, sobre fomento de razas españolas de protección especial en peligro de extinción (BOE nº 140, de 12 de junio de 1999).Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura y Pesca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima que puede recibir la organización o la asociación es de 12.020,24 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Resolución las organizaciones o asociaciones reconocidas de acuerdo con el Decreto 64/1988, de 12 de junio, por el que se regula la gestión de los libros genealógicos de las razas autóctonas de las Illes Balears, que cumplen lossiguientes requisitos:
a) Que las especies y razas objeto de la asociación figuren en la relación de razas autóctonas de protección especial en peligro de extinción del Catálogo Oficial de razas de ganado de España.
b) No tener interés económico.
c) Garantizar en los estatutos la participación democrática de sus miembros.
d) Acreditar que los ganaderos que las integren disponen como mínimo del 60% de los reproductores de raza o las razas en peligro de extinción.
e) Disponer de los medios técnicos, de laboratorio y de personal apropiados para la realización de las actividades subvencionadas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser subvencionables las siguientes actuaciones, realizadas entre el 16 de noviembre de 2005 y el 15 de noviembre de 2006:a) Realizar estudios sobre los aspectos etnológicos, zootécnicos y productivos de las especies, y también sobre su caracterización morfológica y reproductiva.
b) Hacer estadísticas que recojan aspectos productivos, estructuras de población, líneas, estirpes, edades y capacidad reproductiva.
c) Crear bancos de germoplasma, de semen y de embriones congelados o reserva en vivo.
d) Elaborar programas de conservación y mejora genética y ponerlos en práctica.
Requisitos:
El ámbito territorial de aplicación de estas ayudas es la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.Documentos asociados
Boletín:
17/03/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
06/02/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 18
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 18
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento