Regulación de las Ayudas de cuidado de hijos.
Código de ayuda:
S13191/06Norma:
ORDEN 970/2006, de 18 de abril.Plazo de Solicitud:
Regulación. Sin especificar.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La ayuda para el cuidado de hijos consistirá en el abono de una ayuda económica, a partir de la finalización de la licencia por maternidad/paternidad de los progenitores y hasta la fecha de inicio del curso escolar del año en el que el menor cumpla los tres años de edad.Este límite de edad no será de aplicación en el supuesto de hijos disminuidos.
La concesión de la ayuda se realizará hasta la terminación del curso escolar correspondiente, entendiéndose que este se extiende desde el día 1 de septiembre hasta el día 31 de agosto del año siguiente, aunque su abono se efectuará en once mensualidades.
Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Presidencia (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El personal laboral vinculado a la Comunidad de Madrid mediante un contrato de trabajo de naturaleza temporal, así como los funcionarios interinos, serán beneficiarios de esta ayuda, solo desde el momento en que hayan completado, al menos, tres meses de servicios.Documentos asociados
Boletín:
08/05/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 108
Documento: Regulación y Solicitud Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 108
Documento: Regulación y Solicitud Descargar Documento