Proyectos de fomento del uso del gallego y de formación para los trabajos de los equipos de normalización lingüística de loscentros públicos de educación infantil, especial, de adultos, primaria, secundaria, bachillerato y formación profesional.
Código de ayuda:
S04719/05Norma:
Orden de 7 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/03/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar proyectos de fomento del uso del gallego y de formación en régimen de concurrencia competitiva destinados a los equipos de normalización lingüística de los centros públicos que imparten enseñanzas de educación infantil, especial, de adultos, primaria, secundaria, bachillerato y formación profesional de Galicia, adscritos a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, durante el año 2005.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Educación y Ciencia
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía concedida a cada proyecto, en la modalidad A, no podrá superar la cantidad máxima de 2.000 euros (dos mil euros); en la modalidad B, no podrá superar la cantidad máxima de 1.000 euros (mil euros) y, en caso de concurrir en ambas modalidades, no podrá superar la cantidad máxima de 2.300 euros (dos mil trescientos euros).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los centros educativos a través de dos modalidades no excluyentes:- Modalidad A: para todos los centros educativos que, como en años anteriores, presenten proyectos y trabajos para los que se soliciten incentivos, de acuerdo con los contenidos establecidos en la programación anual de actividades elaboradas y aprobadas por cada centro para alcanzar los objetivos contemplados en los planes específico y general para el uso del idioma
gallego (artículos 83 e 64 de los decretos 324/1996, de 26 de julio, y 374/1996, de 17 de octubre, respectivamente).
- Modalidad B: en este grupo sólo podrán participar aquellos centros que, además de participar en la modalidad A y de cumplir los mínimos establecidos en los decretos 247/1995, de 14 de septiembre, y 66/1997, de 21 de marzo, que regulan el uso del gallego en la enseñanza, realicen otros objetivos más ambiciosos y que sus actividades destaquen por encima de las previstas y exigidas por la legislación vigente.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se atenderá preferentemente:En la modalidad A:
1. A satisfacer los gastos de adquisición y/o elaboración de material didáctico, bibliográfico, fonográfico, videográfico e informático en gallego.
2. A organizar programas y actividades que tengan por finalidad el fomento del uso de la lengua propia de Galicia entre los distintos componentes de la comunidad educativa del centro.
En la modalidad B: además de los previstos en los epígrafes uno y dos de este artículo, a la realización de proyectos de carácter excepcional que impliquen una financiación complementaria.
Documentos asociados
Boletín:
15/02/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 31
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 31
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento