Proyectos correspondientes al programa «Escuela Abierta» para el curso escolar 2004-2005.

Código de ayuda:

S25646/04

Norma:

Orden de 25 de octubre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Cada Proyecto se presentará, al menos, 30 días hábiles antes del inicio de las actividades.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la conciliación de la vida laboral y familiar en Aragón y se establecen las bases que han de regir su funcionamiento y desarrollo, mediante iniciativas presentadas por las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos, de centros docentes públicos y privados concertados.

Los Proyectos seleccionados dentro del Programa «Escuela Abierta» deberán incluirse dentro de la Programación General Anual del Centro.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Servicios Sociales y Familia (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La participación en los Proyectos de «Escuela Abierta» aprobados requerirá una aportación mínima, en concepto de derechos de inscripción, de seis euros por alumno/a y día.

Se establecerá, en todo caso, las siguientes becas y ayudas:
* Los titulares del Título de Familia Numerosa tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 o del 100 por 100, según sea de categoría general o especial.
* Familias monoparentales: bonificación del 50 por 100.
* Otros casos de especial necesidad: Hasta el 100 por 100 en función de la situación familiar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Serán destinatarios/as de este programa las AMPAS de los centros escolares públicos y privados concertados dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, de los niveles de Educación Infantil y Primaria.
En aquellos casos en que por sus especiales condiciones o características no puedan realizar la solicitud las AMPAS se podrá autorizar desde la Dirección General de Familia a que la efectúen otros Organos del centro con representatividad suficiente.

Con la finalidad de facilitar a las entidades beneficiarias la gestión de las actividades de los Proyectos presentados, éstas podrán, en su caso, subcontratar la gestión total o parcial de las actividades de cada uno de los Proyectos aprobados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades a realizar podrán encuadrarse en los siguientes tipos:
a) Actividades complementarias al currículum escolar
b) Actividades de contenido transversal (educación democrática, igualdad, convivencia, salud, consumo, medio ambiente u otros semejantes)
c) Animación a la lectura, biblioteca y sala de estudios
d) Actividades y campeonatos deportivos
e) Tecnologías de la información y de la comunicación
f) Actividades de contenido cultural
g) Actividades de ocio y tiempo libre
h) Actividades de animación sociocultural abiertas a la comunidad

En todos los casos se incorporarán los servicios educativos de guardería y comedor escolar.

Las actividades comprendidas dentro del respectivo Proyecto se organizarán por grupos de edad, adoptando el tamaño y la modalidad que en cada caso corresponda.

Podrán ser objeto de financiación a través de la presente convocatoria los siguientes:
* Gastos derivados de la contratación de servicios de personal de vigilancia y atención al alumnado, que deberá poseer la titulación de Monitor de Tiempo Libre o titulación equivalente.
* Adquisiciones no inventariables en material deportivo, cultural o de tiempo libre.
* Importe de las bonificaciones aplicadas.
* Gastos de impresión y publicidad.
* Póliza de seguro de accidente y responsabilidad civil.
* Arrendamiento de instalaciones.
* Gastos de gestión y desarrollo del Proyecto.
* Otros gastos necesarios para el desarrollo de las actividades.

Quedan excluidos de los gastos susceptibles de financiación los derivados del servicio de comedor.

Requisitos:

1. Los Centros escolares que se incorporen a este Programa deberán estar abiertos para el desarrollo de las actividades en un horario mínimo comprendido entre las 8 horas y las 15 horas y durante un mínimo de dos días sucesivos en los que coincidan el tiempo escolar vacacional y el tiempo laboral, según el calendario escolar aprobado por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
2. El Centro escolar elegido deberá disponer de una mínima infraestructura compuesta por aulas, patio, pabellón, clase de informática, sala multiusos, comedor y no tendrá barreras arquitectónicas. Será el centro base de todos los centros educativos de su zona o distrito de referencia.

Documentos asociados

Boletín: 15/11/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 134
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 15/11/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 134
Documento: Anexos Descargar Documento