Programas de subvencion dirigidos a centros educativos privados.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S38555/12Norma:
ORDEN ENS/309/2012, de 5 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 06/11/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el procedimiento de concesión de subvenciones dirigidas a los centros educativos privados.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Enseñanza (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El ente gestor tendrá en cuenta otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que haya recibido o pueda recibir el beneficiario para la actividad subvencionada, de forma que la suma de las cantidades otorgadas no puede superar en ningún caso el 100% del coste de la actividad subvencionada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los centros educativos privados de Cataluña que imparten enseñanzas no universitarias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Programa A. Subvenciones destinadas a la escolarización de niños de cero a tres años (código 221A EN0120).Programa B. Subvenciones destinadas a la financiación de gastos de personal de
los servicios de comedor, recreo y transporte de los centros educativos concertados de educación especial (código 221B EN0120).
Requisitos:
a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.La presentación de la solicitud de la subvención implica la autorización a la Administración de la Generalidad para la comprobación de oficio de los datos correspondientes al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad y con la Tesorería de la Seguridad Social.
b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que imposibilitan para ser beneficiario de la subvención.
c) Cumplir con las obligaciones establecidas en los artículos 32, 33 y 36 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
d) Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
e) Los centros con una plantilla igual o superior a veinticinco personas tienen que haber adoptado los medios oportunos para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
f) Disponer de los medios humanos y materiales necesarios y tener asignados los recursos económicos necesarios para la realización de la actividad de prevención de riesgos laborales en la empresa, de acuerdo con lo que dispone la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
g) Los centros educativos con 50 trabajadores o más deben dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores/as con discapacidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y el resto de normativa de aplicación.
h) No hacer donaciones, aportaciones o prestaciones de servicios a título gratuito en favor de partidos políticos, fundaciones o asociaciones que estén vinculadas orgánicamente, desde la presentación de la solicitud de subvención hasta la finalización de la actividad subvencionada de acuerdo con el artículo 92 bis del Texto refundido de la Ley finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.
Documentos asociados
Boletín:
18/10/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6235
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6235
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento