Programas de fomento del empleo en empresas de economia social y de promocion del cooperativismo y se procede a su convocatoria para el año 2009.
Código de ayuda:
S25319/09Norma:
Orden de 25 de marzo de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/09/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fijar las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas y subvenciones establecidas por la Consellería de Trabajo, con la finalidad de promover la incorporación de personas desempleadas a las entidades de economía social, apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas, mediante una mejora de su competitividad, así como la promoción del cooperativismoCategorías Subvención
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Trabajo (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Las cooperativas y sociedades laborales tanto para las actuaciones previstas en el programa I de Fomento de empleo en cooperativas y sociedades laborales, como para las ayudas previstas en el programa II relativas a la contratación de directores/as y a los/as gerentes.b) Las cooperativas con socios/as trabajadores/as o de trabajo y las sociedades laborales para las actuaciones previstas en el programa II relativas a la realización de inversiones.
c) Las cooperativas de nueva creación o las que acometan nuevos proyectos en los términos y para las
actuaciones previstas en el programa III de Impulso de proyectos empresariales cooperativos, así como las personas y entidades que presten los servicios de asesoramiento y acompañamiento en los términos previstos en el apartado 3 de la base tercera.
d) Las personas desempleadas y las que realicen una jornada inferior a la habitual, así como los asalariados/as de las cooperativas, en los términos y para las ayudas previstas en el programa IV de fomento del acceso a la condición de socio/a trabajador/a.
e) Las cooperativas para las actuaciones previstas en el programa V de Actividades de promoción del cooperativismo y adaptación a las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como en el programa VII de fomento de prevención de riesgos laborales en el cooperativismo.
f) Las cooperativas que presten servicios de naturaleza social y a la comunidad, en los términos previstos en el programa VI.
Requisitos:
a) Las entidades deberán estar legalmente constituidas y/o inscritas en el Registro de Cooperativas de Galicia o en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales, ambos dependientes de la Xunta de Galicia, y/o en el Registro Mercantil, en su caso.b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
c) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
31/03/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 62
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 62
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento