Programas de fomento del empleo en empresas de economia social y de promocion del cooperativismo y se procede a su convocatoria para el año 2009.

Código de ayuda:

S25319/09

Norma:

Orden de 25 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas y subvenciones establecidas por la Consellería de Trabajo, con la finalidad de promover la incorporación de personas desempleadas a las entidades de economía social, apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas, mediante una mejora de su competitividad, así como la promoción del cooperativismo

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las cooperativas y sociedades laborales tanto para las actuaciones previstas en el programa I de Fomento de empleo en cooperativas y sociedades laborales, como para las ayudas previstas en el programa II relativas a la contratación de directores/as y a los/as gerentes.

b) Las cooperativas con socios/as trabajadores/as o de trabajo y las sociedades laborales para las actuaciones previstas en el programa II relativas a la realización de inversiones.

c) Las cooperativas de nueva creación o las que acometan nuevos proyectos en los términos y para las
actuaciones previstas en el programa III de Impulso de proyectos empresariales cooperativos, así como las personas y entidades que presten los servicios de asesoramiento y acompañamiento en los términos previstos en el apartado 3 de la base tercera.

d) Las personas desempleadas y las que realicen una jornada inferior a la habitual, así como los asalariados/as de las cooperativas, en los términos y para las ayudas previstas en el programa IV de fomento del acceso a la condición de socio/a trabajador/a.

e) Las cooperativas para las actuaciones previstas en el programa V de Actividades de promoción del cooperativismo y adaptación a las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como en el programa VII de fomento de prevención de riesgos laborales en el cooperativismo.

f) Las cooperativas que presten servicios de naturaleza social y a la comunidad, en los términos previstos en el programa VI.

Requisitos:

a) Las entidades deberán estar legalmente constituidas y/o inscritas en el Registro de Cooperativas de Galicia o en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales, ambos dependientes de la Xunta de Galicia, y/o en el Registro Mercantil, en su caso.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

c) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 62
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento