Programa para la realización de inversiones científico-tecnológicas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S01946/16

Norma:

DECRETO 244/2015, de 29 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 12:00 horas del día 11 de febrero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer un Programa para impulsar las inversiones de empresas ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco en infraestructuras científico-tecnológicas y en equipamiento, mediante el acceso a financiación de riesgo, mediante la concesión de créditos con las características establecidas en el presente Decreto.

El presente Programa de financiación estará en vigor durante el ejercicio 2016.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las pequeñas, medianas y grandes empresas que efectúen proyectos de inversión de carácter científico-tecnológicos, cuyo objetivo sea transformar los resultados de la investigación en productos y servicios de alto valor añadido, que basan su estrategia competitiva en función de parámetros tales como el alto número de investigadores, transferencia de tecnología al exterior, dotación económica a actividades de I+D+i y regalías y que se califiquen como proyectos singulares por el órgano competente para conceder la financiación.

b) También podrán acceder las grandes empresas tractoras que, con sustento en sus altos indicadores en tecnología e innovación, acometen inversiones científico-tecnológicas, calificadas como proyectos estratégicos por el órgano competente para conceder la financiación. Se considerarán grandes empresas tractoras las que ejercen una influencia significativa en el País Vasco sobre los comportamientos de otras empresas, por ser éstas suministradoras o colaboradoras suyas.

c) Asimismo, podrán acceder las empresas individuales ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco pertenecientes a grupos empresariales, aun cuando la empresa considerada dominante por poseer una participación superior al 50% en el capital social de la empresa solicitante, esté ubicada fuera de dicha Comunidad.

Requisitos:

a) Disponer de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Realizar la actuación financiable y desarrollar las actividades de I+D+I en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como de las obligaciones que mantengan con cualquier ente o sociedad perteneciente al Administración de la Comunidad Autónoma Vasca.

Documentos asociados

Boletín: 12/01/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 6
Documento: Programa / Plan Descargar Documento
Boletín: 19/01/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 11
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento