Programa del bono de las personas autónomas.- Agotamiento del crédito.

Código de ayuda:

S27928/18

Norma:

ORDEN de 22 de mayo de 2018. ORDEN de 14 de noviembre de 2018. RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de julio de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases tienen por objeto fijar los criterios y requisitos para la concesión de ayudas del Programa del bono de las personas autónomas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se podrá conceder para la mejora de la competitividad de la actividad empresarial o profesional de las personas beneficiarias de esta orden una subvención, mediante pago anticipado, de hasta 3.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos

Detalle beneficiarios:

Las personas trabajadoras autónomas que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional, que tengan domicilio fiscal en Galicia, que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses y que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 euros y una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, declarados en el año anterior al de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1. Mejora de la competitividad a través de los siguientes servicios:

• Investigación de mercado.
• Plan de marketing
• Plan de comunicación del negocio.
• Plan estratégico del negocio.
• Plan crecimiento: constitución sociedad.
• Plan de reorientación del negocio.
• Plan de uso de las nuevas tecnologías en el negocio.
• Plan de refinanciación.

También se podrán subvencionar otros estudios y planes que tengan como fin aumentar la competitividad de la empresa.

Asimismo, podrá ser computable como gasto subvencionable el pago del importe de la cofinanciación privada de los servicios contratados con el Igape a través del programa ReAcciona en su convocatoria para el ejercicio de 2018 y sucesivas por parte de las personas trabajadoras autónomas.

Línea 2. Mejora de la competitividad a través de las siguientes inversiones:

• Compra de maquinaria.
• Compra de utillaje y herramientas.
• Reforma del local del negocio.
• Equipos informáticos.
• Rótulos.
• Aplicaciones informáticas y páginas web.
• Creación logotipo del negocio.

Documentos asociados

Boletín: 04/06/2018
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